N° de Expediente: C04-0426
N° de Sentencia: 479
Tema: El bien jurídico que se protege en los delitos de
Salvaguarda
Materia: Salvaguarda
Asunto: El bien jurídico que se protege en los delitos de salvaguarda.
Materia: Salvaguarda
Asunto: El bien jurídico que se protege en los delitos de salvaguarda.
El bien
jurídico que se protege, en general, en esta clase de delitos es doble. Por un
lado, la defensa de una parte del patrimonio público asignado al Municipio,
para el cumplimiento de los fines que constitucionalmente y legalmente le están
encomendados a los representantes del Municipio, y de otro, la confianza
ciudadana en el honesto manejo de los medios y recursos públicos, es decir, la
lealtad y fidelidad en el servicio de quienes integran en este caso, el Concejo
Municipal.
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