25 de agosto de 2015

TSJ-XLIII Salvaguarda

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C03-0121 N° de Sentencia: 468
Tema: Delitos Económicos o Bancarios
Materia: Salvaguarda
Asunto: No se aplicará ... la circunstancia atenuante del ordinal 4° del artículo 74 del C.P. en los delitos económicos o bancarios

No se aplicará ... la circunstancia atenuante del ordinal 4° del artículo 74 del Código Penal, relativa a la buena conducta predelictual, porque la Sala Penal considera la inmensa gravedad de la delincuencia económica y que ésta, así mismo, también lesiona la vida e integridad física de las personas ... y causa daños materiales inimaginables en la delincuencia violenta. Si se considera la magnitud del daño causado a las diversas propiedades o economías, la privada y la estatal, se tiene que los daños estrictamente monetarios han sido más grandes por el accionar de la criminalidad económica (de la cual los delitos bancarios son una acabada expresión) que por las ejecutorias del resto de la delincuencia.

...con relación a una eventual atenuación por una “buena conducta predelictual”, la Sala Penal también considera, igualmente, que las condiciones de vida de quienes perpetran los delitos denominados de “guante blanco” han sido cómodas al extremo de que han puesto en harto razonable duda el que la finalidad principal de la pena sea la resocialización o reeducación de los agentes delictuales.

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