29 de mayo de 2016

29-05-2016 Civil I (17)

Frase reflexiva:
Hay más felicidad en dar que en recibir(Hechos 20:35)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Bibliografía: Derecho Civil I: Personas. Fondo Editorial USM. Mary Sol Grateron Garrido.

DERECHO CIVIL I
PREGRADO

Tema # 4 La Capacidad de las Personas Naturales

* Incapacidad de Obrar: Es la inhabilidad de hacer valer por si mismo un derecho que ha sido ya adquirido, o la incapacidad del sujeto de hacerlo efectivo directamente y por sus propios medios en la vida jurídica.

Son consideradas incapaces de obrar aquellas personas que por su imposibilidad física o moral no pueden  ejercer por si mismos actos de la vida civil.

* Incapacidad Negocial: Es la inhabilidad de las personas para realizar negocios jurídicos válidos. Los que tienen Incapacidad Negocial en mayor o menor medida son los menores, los entredichos y los inhabilitados.

Regímenes de Incapaces: Es una forma de protección establecidas por los incapaces, dependerá de la extensión o del grado de su incapacidad, pudiendo ser mayor o menor, es decir, que puedan existir 2 grados diferentes.

Régimen de Representación: La Representación es una institución jurídica que consiste en la sustitución de una persona (el representado) por otra (el representante), con el objeto de formar una relación de derecho entre el representado y un 3ro. Este régimen confiere a la persona que está investida con ella, el derecho y la obligación de realizar actos materiales y jurídicos en nombre de su representado.

Régimen de Asistencia y de Autorización: Aquí el incapaz podrá obrar por si mismo, pero con la colaboración y bajo el control de una persona que recibe por nombre “Curador”, él asistirá al incapaz en el cumplimiento de todos aquellos negocios que no sean de simple administración, porque se prevé una cierta capacidad del sujeto.

Frase reflexiva:
Hay más felicidad en dar que en recibir(Hechos 20:35)

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