“Hay más felicidad
en dar que en recibir” (Hechos
20:35)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Bibliografía: Derecho Civil I: Personas. Fondo Editorial USM. Mary Sol
Grateron Garrido.
DERECHO CIVIL I
PREGRADO
Teorías Antiguas
a) Teoría de la Figura Humana: Esta teoría postulaba, que al niño, para darle personalidad
jurídica, tenía que tener forma humana.
b) Teoría Ecléctica: Esta teoría postulaba, que hay una liga entre la Concepción y el
Nacimiento.
La Concepción: Es la fecundación del óvulo en la que se inicia la
formación de un nuevo ser.
Determinación: Normalmente el nacimiento tiene lugar entre los 270 y los
285 días posteriormente a la Concepción.
Pero a veces sucede que el nacimiento ocurre antes de dicho
plazo o después de él. De allí se hablan de los siguientes términos de
gestación:
a) Mínima: Corresponde a ciento ochenta (180) días posteriores a la Concepción.
b) Normal: Oscila entre los doscientos setenta (270) a doscientos ochenta y cinco
(285) días posteriores a la
Concepción.
c) Máxima: Corresponde a trescientos (300) días posteriores a la Concepción.
La ley fija el término de gestación mínima en
ciento setenta y nueve (179) y la máxima en trescientos (300) días contados
hacía atrás desde la media noche en que principia el nacimiento. (Art. 213 CC)
(CC no ajustado a la reforma de 1982).
Importancia jurídica: Existe un gran interés jurídico en poder determinar el
momento en que ocurre la
Concepción, no solo para saber cuando comienza la protección
del feto, sino también para otros efectos jurídicos, tales como la
determinación de la paternidad de los hijos. (Registro con el acta constituida)
Frase
reflexiva:
“Hay más felicidad
en dar que en recibir” (Hechos
20:35)
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