12 de febrero de 2017

12/2/2017 Privativa

La frase del día:
Los momentos extraordinarios requieren medidas extraordinarias

LIMITACIONES A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD
231 Código Orgánico Procesal Penal

No se decreta la privación judicial preventiva de libertad de: personas mayores de 70 años; mujeres en los 3 últimos meses de embarazo; madres durante la lactancia de sus hijos hasta los 6 meses posteriores al nacimiento; personas afectadas con una enfermedad en fase terminal.

REQUISITOS DEL AUTO DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD
240 Código Orgánico Procesal Penal

1.- Datos personales del imputado.

2.- Sucinta enunciación de los hechos que se atribuyen.

3.- Indicación de las razones por las que el tribunal estima que concurren los requisitos del 237 o 238 del Código Orgánico Procesal Penal.

4.- Cita de las disposiciones legales.

5.- El sitio de reclusión.

La frase del día:
Los momentos extraordinarios requieren medidas extraordinarias

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