“No se puede matar lo que ya está
muerto”
Sala Plena del TSJ acuerda enjuiciamiento de
Germán Darío Ferrer y declara procedente su detención
En
sesión de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, los Magistrados y
Magistradas del Alto Juzgado acordaron el enjuiciamiento del ciudadano Germán
Darío Ferrer ante tribunales ordinarios competentes por considerarlo
presuntamente incurso en la comisión de los delitos de corrupción propia,
enriquecimiento ilícito, legitimación de capitales y asociación; asimismo se
ratificó el criterio en relación a la improcedencia de la institución del
antejuicio de mérito en los casos de los delitos en flagrancia.
En la
decisión se ordenó remitir copia certificada de las actuaciones a la presidenta
de la Asamblea Nacional Constituyente, Dra. Delcy Eloína Rodríguez Gómez.
Además, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley Orgánica
del Tribunal Supremo de Justicia se declaró procedente la detención del
ciudadano diputado Germán Darío Ferrer.
N° Sentencia: 66 |
N° Expediente: 2017-000097 |
Procedimiento: Solicitud
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Partes: El ciudadano doctor TAREK WILLIAM SAAB, en su condición
de Fiscal General de la República contra el ciudadano GERMAN DARIO FERRER, en
su condición de Diputado de la Asamblea Nacional.
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Decisión:
1.Que, de conformidad con el informe
emitido por el Ministerio Público, se evidencia que existen suficientes
elementos de convicción para determinar la responsabilidad del ciudadano
GERMAN DARIO FERRER de haber incurrido de manera permante en los delitos de
CORRUPCIÓN PROPIA y ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO previstos y sancionados en los
artículos 64 y 75 ambos de la Ley Contra la Corrupción, respectivamente;
LEGITIMACIÓN DE CAPITALES Y ASOCIACIÓN, previstos y sancionados en los
artículos 35 y 37 respectivamente, de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia
Organizada y Financiamiento al Terrorismo; y EXTORSIÓN, previsto y sancionado
en el arículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión. 2.Que, en los
casos de los delitos en flagrancia, no es procedente la institución del
antejuicio de mérito, de conformidad de lo dispuesto en los artículos 200 de
la Constitución y 116 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. 3.
Que, por tratarse de delitos comunes y de conformidad con la decisión N° 1684
del 4 de noviembre de 2008, dictada por la Sala Constitucional de este
Tribunal Supremo de Justicia, el enjuiciamiento del mencionado ciudadano
deberá hacerse por ante los tribunales ordinarios competentes, según lo dispuesto
en el artículo 378 del Código Orgánico Procesal Penal. 4. Se ORDENA enviar
copias certificadas de las actuaciones a la Presidenta de la Asamblea
Nacional Constituyente Dra. Delcy Eloína Rodríguez Gómez, a los fines de que
la aludida Asamblea determine lo conducente, según lo previsto en el artículo
200 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y a la Sala
Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia para su conocimiento y
demás fines. 5. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley
Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia declara procedente la detención del
ciudadano Diputado GERMÁN DARÍO FERRER. 6. Remítase copia certificada de las
presentes actuaciones al Ministerio Público a los fines de que continúe la
tramitación de la causa penal correspondiente.
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Ponente: Juan José Mendoza Jover
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La frase del día:
“No se puede matar lo que ya está
muerto”
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