15 de octubre de 2025

Extinta | 15-10-2025

Sentencia No. 110 de fecha 20-MAR-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Así pues, teniendo en cuenta lo precedentemente expuesto, es innegable que el abogado (...), actuó en el presente proceso penal cuando su representación ya estaba extinta, en virtud que el mismo, sin tener autorización expresa de sus poderdantes, realizó acciones judiciales, sin tener en cuenta la expiración del lapso establecido en el poder conferido al abogado antes mencionado, por lo que en definitiva el mismo carecía de legitimidad para continuar ejerciendo la representación de los ciudadanos (...)

En relación a la legitimación o cualidad ha señalado la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, en decisión N° 119 del 21 de mayo de 2019, lo siguiente:

“…Es necesario precisar, antes que nada, que la legitimación o cualidad de las partes es considerada por este Máximo Tribunal como una institución procesal que representa una formalidad esencial, que se enmarca en el orden público como un derecho constitucional y, por tanto debe ser atendida y subsanada por los jueces incluso de oficio.

Por ende, la legitimación o cualidad de las partes y la de éstas para actuar válidamente en un juicio, se deberá considerar como enlace esencial, condición sine qua non o concatenación lógica necesaria para instaurar y mantener un proceso, en virtud de estar indisolublemente ligada a la pretensión, salvaguardando así los derechos a la tutela judicial efectiva, a la defensa y al debido proceso para así procurar la consecución de la justicia…”.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"La política es mejorar la vida de algunos, empeorando deliberadamente la de otros" • Peaky Blinders, T3-E2

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