Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
El dispositivo legal precedentemente transcrito, regula aspectos inherentes a la reserva de los actos de investigación, cuya eficacia procesal se circunscribe exclusivamente a la fase preparatoria. En tal sentido, al tratarse de una norma que no impone obligaciones jurisdiccionales a las Cortes de Apelaciones ni rige su actividad procesal, su observancia no les es exigible y, por en consecuencia, no puede ser objeto de infracción bajo la modalidad de falta de aplicación.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.
La frase del día
"Cuando algo no te cuadra y no sabes el por qué, tu intuición ya hizo el cálculo"
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