DERECHO PROCESAL PENAL
Del inicio del proceso. De la investigación de oficio
Investigación de la policía. Si la noticia es recibida por las autoridades de policía, éstas la comunicarán al Ministerio Público dentro de las 12 horas siguientes, y sólo practicarán las diligencias necesarias y urgentes.
Las diligencias necesarias y urgentes estarán dirigidas a identificar y a ubicar a los autores y demás partícipes del hecho punible, y al aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados con la perpetración.
Fuente. Código Orgánico Procesal Penal: Gaceta Oficial Nº 6078, extraordinario 15-06-2012.
Blog para investigar las ciencias penales y criminológicas, así como lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar la Constitución Nacional de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel en fecha 20-01-2013
10 de junio de 2013
Abuso de func.
DERECHO PENAL
Disposiciones comunes a los capítulos precedentes
Abusos de funciones. Cuando para cometer un delito se valga alguno de la facultad, o de los medios especiales que le ofrecen al efecto las funciones que tiene, se le aplicará la pena señalada al delito cometido, con aumento de una sexta a una tercera parte, a no ser que la ley ya hubiere tenido en cuenta, con tal fin, la cualidad de funcionario público.
Fuente. Código Penal: Gaceta Oficial Nº 5768, extraordinario 13-04-2005.
Disposiciones comunes a los capítulos precedentes
Abusos de funciones. Cuando para cometer un delito se valga alguno de la facultad, o de los medios especiales que le ofrecen al efecto las funciones que tiene, se le aplicará la pena señalada al delito cometido, con aumento de una sexta a una tercera parte, a no ser que la ley ya hubiere tenido en cuenta, con tal fin, la cualidad de funcionario público.
Fuente. Código Penal: Gaceta Oficial Nº 5768, extraordinario 13-04-2005.
Inv. del M. P.
DERECHO PROCESAL PENAL
Del inicio del proceso. De la investigación de oficio
Investigación del Ministerio Público. El Ministerio Público, cuando de cualquier modo tenga conocimiento de la perpetración de un hecho punible de acción pública, dispondrá que se practiquen las diligencias tendientes a investigar y a hacer constar su comisión, con todas las circunstancias que puedan influir en su calificación, y la responsabilidad de los autores y demás partícipes, y el aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados con la perpetración.
Fuente. Código Orgánico Procesal Penal: Gaceta Oficial Nº 6078, extraordinario 15-06-2012.
Del inicio del proceso. De la investigación de oficio
Investigación del Ministerio Público. El Ministerio Público, cuando de cualquier modo tenga conocimiento de la perpetración de un hecho punible de acción pública, dispondrá que se practiquen las diligencias tendientes a investigar y a hacer constar su comisión, con todas las circunstancias que puedan influir en su calificación, y la responsabilidad de los autores y demás partícipes, y el aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados con la perpetración.
Fuente. Código Orgánico Procesal Penal: Gaceta Oficial Nº 6078, extraordinario 15-06-2012.
Fraude
DERECHO PENAL
De la falta de cumplimiento de los compromisos contraídos y de los fraudes cometidos con respecto a los abastos públicos
Fraude. El que cometa fraude con respecto a la especie, calidad, o cantidad de los efectos indicados en la "Falta de ejecución de los suministros", será castigado con prisión de 3 a 30 meses.
Siempre que los fraudes que se tratan tengan por objeto otra clase de abastos destinados a un establecimiento, o servicio público, la pena de prisión será de 2 meses a 1 año.
Fuente. Código Penal: Gaceta Oficial Nº 5768, extraordinario 13-04-2005.
De la falta de cumplimiento de los compromisos contraídos y de los fraudes cometidos con respecto a los abastos públicos
Fraude. El que cometa fraude con respecto a la especie, calidad, o cantidad de los efectos indicados en la "Falta de ejecución de los suministros", será castigado con prisión de 3 a 30 meses.
Siempre que los fraudes que se tratan tengan por objeto otra clase de abastos destinados a un establecimiento, o servicio público, la pena de prisión será de 2 meses a 1 año.
Fuente. Código Penal: Gaceta Oficial Nº 5768, extraordinario 13-04-2005.
9 de junio de 2013
Ética del abogado. II
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL ABOGADO VENEZOLANO
Disposiciones generales
Ética del abogado. II. El Abogado tendrá como norte de sus actos: servir a la justicia, asegurar la libertad y el ministerio del Derecho.
El Abogado que conozca de cualquier hecho que atenta contra las prohibiciones del Código de Ética, está en el deber de dar información inmediata al Colegio de Abogados en el que esté inscrito el infractor.
Fuente. Código de Ética Profesional del Abogado Venezolano.
Disposiciones generales
Ética del abogado. II. El Abogado tendrá como norte de sus actos: servir a la justicia, asegurar la libertad y el ministerio del Derecho.
El Abogado que conozca de cualquier hecho que atenta contra las prohibiciones del Código de Ética, está en el deber de dar información inmediata al Colegio de Abogados en el que esté inscrito el infractor.
Fuente. Código de Ética Profesional del Abogado Venezolano.
Ética del abogado
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL ABOGADO VENEZOLANO
Disposiciones generales
Ética del abogado. Las normas establecidas en el Código de Ética Profesional del Abogado Venezolano serán de obligatorio cumplimiento para todos los abogados, tanto en su vida pública como en su vida privada.
Su aplicación corresponderá a los organismos gremiales previstos en la Ley, y sus disposiciones no podrán enervarse ni relajarse por convenios de ningún tipo. Serán nulos todos los actos que pretendan contrariarlo, sea que emanen de personas, o de entidades públicas, o privadas.
Fuente. Código de Ética Profesional del Abogado Venezolano.
Disposiciones generales
Ética del abogado. Las normas establecidas en el Código de Ética Profesional del Abogado Venezolano serán de obligatorio cumplimiento para todos los abogados, tanto en su vida pública como en su vida privada.
Su aplicación corresponderá a los organismos gremiales previstos en la Ley, y sus disposiciones no podrán enervarse ni relajarse por convenios de ningún tipo. Serán nulos todos los actos que pretendan contrariarlo, sea que emanen de personas, o de entidades públicas, o privadas.
Fuente. Código de Ética Profesional del Abogado Venezolano.
Contr. judicial
DERECHO PROCESAL PENAL
Del procedimiento ordinario. Fase preparatoria. Normas generales
Control judicial. A los jueces de la fase preparatoria les corresponde controlar el cumplimiento de los principios y garantías establecidos en la Constitución Nacional, en los tratados, en los convenios o acuerdos internacionales suscritos y ratificados por Venezuela, y en el Código Orgánico Procesal Penal; y practicar pruebas anticipadas, resolver excepciones, peticiones de las partes y otorgar autorizaciones.
Fuente. Código Orgánico Procesal Penal: Gaceta Oficial Nº 6078, extraordinario 15-06-2012.
Del procedimiento ordinario. Fase preparatoria. Normas generales
Control judicial. A los jueces de la fase preparatoria les corresponde controlar el cumplimiento de los principios y garantías establecidos en la Constitución Nacional, en los tratados, en los convenios o acuerdos internacionales suscritos y ratificados por Venezuela, y en el Código Orgánico Procesal Penal; y practicar pruebas anticipadas, resolver excepciones, peticiones de las partes y otorgar autorizaciones.
Fuente. Código Orgánico Procesal Penal: Gaceta Oficial Nº 6078, extraordinario 15-06-2012.
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