TÍTULO IV
DE LOS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO PÚBLICO Y LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA APLICACIÓN DE ESTE DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY
Capítulo II
Otros Delitos Contra el Patrimonio Público
Cobro o pago de utilidades ficticias.
Artículo 77. Los comisarios, administradores, directores o principales de personas jurídicas en las que tenga interés algún órgano o ente público que, a falta de balance legalmente aprobado, en disconformidad con él o con base a balances insinceros, declaren, cobren o paguen utilidades ficticias o que no deban distribuirse, serán penados con prisión de uno (1) a cinco (5) años.
Fuente de la información: Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra la Corrupción. Gaceta Oficial Extraordinario No. 6.155, 19 noviembre 2014.
Palabras claves: espaciopenal, Jorge Leonardo Salazar Rangel, espaciopenal.blogspot.com, espaciopenal.wordpress.com, derecho penal, derecho procesal penal, delitos, criminología, criminalística, contra la corrupción.
La frase del día
"El miedo es la anticipación del dolor. La anticipación se refiere al futuro. El futuro no existe aún. Por tanto, el miedo es una ilusión"
Blog para investigar las ciencias penales y criminológicas, así como lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar la Constitución Nacional de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel en fecha 20-01-2013
19 de marzo de 2020
18 de marzo de 2020
18-03-2020: Durkheim -4-
El pensamiento de Durkheim puede resumirse en la idea de que no existe sociedad que no sea jerarquizada, cualquiera sea el principio sobre el cual reposa la jerarquía: ayer, el nacimiento; hoy, la fortuna y el mérito; mañana podrían ser los dones naturales y el valor personal únicamente. Tampoco existe sociedad en la que las necesidades de los hombres se encuentren satisfechas de la misma manera en todos los niveles de esta jerarquía social.
Bibliografía: Lecciones de Criminología. 4ta. Edición. CARMELO FLORES CAZORLA. Editores Hermanos Vadell. Caracas-Venezuela-Valencia 2014. p. 64.
Palabras claves: espaciopenal, Jorge Leonardo Salazar Rangel, espaciopenal.blogspot.com, espaciopenal.wordpress.com, derecho penal, derecho procesal penal, delitos, criminología, criminalística, contra la corrupción.
La frase del día
"El trabajo duro vence al talento cuando el talento no trabaja duro"
Bibliografía: Lecciones de Criminología. 4ta. Edición. CARMELO FLORES CAZORLA. Editores Hermanos Vadell. Caracas-Venezuela-Valencia 2014. p. 64.
Palabras claves: espaciopenal, Jorge Leonardo Salazar Rangel, espaciopenal.blogspot.com, espaciopenal.wordpress.com, derecho penal, derecho procesal penal, delitos, criminología, criminalística, contra la corrupción.
La frase del día
"El trabajo duro vence al talento cuando el talento no trabaja duro"
17 de marzo de 2020
17-03-2020: Durkheim -3-
"Lo mismo ocurre si la 'crisis' tiene por origen un brusco crecimiento de poder y de fortuna, porque como las condiciones de vida están cambiadas, la escala según la cual se rigen las necesidades no puede permanecer igual (varía con los recursos sociales), su graduación está trastornada, pero por otra parte, una nueva graduación no puede ser improvisada: se necesita tiempo para que los hombres y las cosas sean de nuevo clasificados por la conciencia pública. Y, en tanto que las fuerzas sociales así liberadas no hayan concentrado el equilibrio, su valor respectivo permanece indeterminado, es por esto que toda la reglamentación falta durante un tiempo, y entonces no se sabe lo que es posible y lo que no lo es, lo que es justo y lo que es injusto, cuáles son las reivindicaciones y las esperanzas legítimas ni cuáles son las que se pasan de la medida; por consiguiente, no hay nada que no se pretenda".
Bibliografía: Lecciones de Criminología. 4ta. Edición. CARMELO FLORES CAZORLA. Editores Hermanos Vadell. Caracas-Venezuela-Valencia 2014. pp. 63, 64.
Palabras claves: espaciopenal, Jorge Leonardo Salazar Rangel, espaciopenal.blogspot.com, espaciopenal.wordpress.com, derecho penal, derecho procesal penal, delitos, criminología, criminalística, contra la corrupción.
La frase del día
"No saben ni la mitad, y hablan el doble"
Bibliografía: Lecciones de Criminología. 4ta. Edición. CARMELO FLORES CAZORLA. Editores Hermanos Vadell. Caracas-Venezuela-Valencia 2014. pp. 63, 64.
Palabras claves: espaciopenal, Jorge Leonardo Salazar Rangel, espaciopenal.blogspot.com, espaciopenal.wordpress.com, derecho penal, derecho procesal penal, delitos, criminología, criminalística, contra la corrupción.
La frase del día
"No saben ni la mitad, y hablan el doble"
16 de marzo de 2020
16-03-2020: persuadir
TÍTULO IV
DE LOS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO PÚBLICO Y LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA APLICACIÓN DE ESTE DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY
Capítulo II
Otros Delitos Contra el Patrimonio Público
Inducción de funcionario sin éxito al delito de corrupción.
Artículo 65. Cualquiera que, sin conseguir su objeto, se empeñe en persuadir o inducir a cualquier funcionario público a que cometa alguno de los delitos previstos en los artículos 62 y 63 de este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, será castigado, cuando la inducción sea con el objeto de que el funcionario incurra en el delito previsto en el artículo 63, con prisión de seis (6) meses a dos (2) años; y si fuere con el fin de que incurra en el señalado en el artículo 64, con las penas allí establecidas, reducidas a la mitad.
Fuente de la información: Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra la Corrupción. Gaceta Oficial Extraordinario No. 6.155, 19 noviembre 2014.
Palabras claves: espaciopenal, Jorge Leonardo Salazar Rangel, espaciopenal.blogspot.com, espaciopenal.wordpress.com, derecho penal, derecho procesal penal, delitos, criminología, criminalística, contra la corrupción.
La frase del día
"Ser inteligente en la escuela no es lo mismo que ser inteligente en la vida"
DE LOS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO PÚBLICO Y LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA APLICACIÓN DE ESTE DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY
Capítulo II
Otros Delitos Contra el Patrimonio Público
Inducción de funcionario sin éxito al delito de corrupción.
Artículo 65. Cualquiera que, sin conseguir su objeto, se empeñe en persuadir o inducir a cualquier funcionario público a que cometa alguno de los delitos previstos en los artículos 62 y 63 de este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, será castigado, cuando la inducción sea con el objeto de que el funcionario incurra en el delito previsto en el artículo 63, con prisión de seis (6) meses a dos (2) años; y si fuere con el fin de que incurra en el señalado en el artículo 64, con las penas allí establecidas, reducidas a la mitad.
Fuente de la información: Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra la Corrupción. Gaceta Oficial Extraordinario No. 6.155, 19 noviembre 2014.
Palabras claves: espaciopenal, Jorge Leonardo Salazar Rangel, espaciopenal.blogspot.com, espaciopenal.wordpress.com, derecho penal, derecho procesal penal, delitos, criminología, criminalística, contra la corrupción.
La frase del día
"Ser inteligente en la escuela no es lo mismo que ser inteligente en la vida"
15 de marzo de 2020
15-03-2020: declaración jurada
TÍTULO IV
DE LOS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO PÚBLICO Y LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA APLICACIÓN DE ESTE DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY
Capítulo II
Otros Delitos Contra el Patrimonio Público
Falsificación u ocultación de datos contenidos en la declaración jurada de patrimonio.
Artículo 78. Cualquier persona que falseare u ocultare intencionalmente los datos contenidos o que deba contener su declaración jurada de patrimonio, así como los que se les requieran con ocasión de la verificación de la misma, o estuviere en rebeldía en su presentación o en el suministro de información en la auditoría patrimonial, será castigado con prisión de uno (1) a seis (6) meses y se procederá a su destitución si se encuentra en el ejercicio del cargo.
Fuente de la información: Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra la Corrupción. Gaceta Oficial Extraordinario No. 6.155, 19 noviembre 2014.
Palabras claves: espaciopenal, Jorge Leonardo Salazar Rangel, espaciopenal.blogspot.com, espaciopenal.wordpress.com, derecho penal, derecho procesal penal, delitos, criminología, criminalística, contra la corrupción.
La frase del día
"En las buenas conocemos máscaras y en las malas descubrimos rostros"
DE LOS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO PÚBLICO Y LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA APLICACIÓN DE ESTE DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY
Capítulo II
Otros Delitos Contra el Patrimonio Público
Falsificación u ocultación de datos contenidos en la declaración jurada de patrimonio.
Artículo 78. Cualquier persona que falseare u ocultare intencionalmente los datos contenidos o que deba contener su declaración jurada de patrimonio, así como los que se les requieran con ocasión de la verificación de la misma, o estuviere en rebeldía en su presentación o en el suministro de información en la auditoría patrimonial, será castigado con prisión de uno (1) a seis (6) meses y se procederá a su destitución si se encuentra en el ejercicio del cargo.
Fuente de la información: Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra la Corrupción. Gaceta Oficial Extraordinario No. 6.155, 19 noviembre 2014.
Palabras claves: espaciopenal, Jorge Leonardo Salazar Rangel, espaciopenal.blogspot.com, espaciopenal.wordpress.com, derecho penal, derecho procesal penal, delitos, criminología, criminalística, contra la corrupción.
La frase del día
"En las buenas conocemos máscaras y en las malas descubrimos rostros"
14 de marzo de 2020
14-03-2020: Ley Bienes
Ley Orgánica de Bienes Públicos.
Enlace issuu:
https://issuu.com/jorgeleonardosalazarrangel/docs/ley-org_nica-de-bienes-publicos
Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Bienes Públicos. Gaceta Oficial 6.155 Extraordinario 19-11-2014. Jorge Leonardo Salazar Rangel.
Palabras claves: espaciopenal, Jorge Leonardo Salazar Rangel, espaciopenal.blogspot.com, espaciopenal.wordpress.com, derecho penal, derecho procesal penal, delitos, criminología, criminalística, contra la corrupción.
La frase del día
"Más vale maña que fuerza"
Enlace issuu:
https://issuu.com/jorgeleonardosalazarrangel/docs/ley-org_nica-de-bienes-publicos
Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Bienes Públicos. Gaceta Oficial 6.155 Extraordinario 19-11-2014. Jorge Leonardo Salazar Rangel.
Palabras claves: espaciopenal, Jorge Leonardo Salazar Rangel, espaciopenal.blogspot.com, espaciopenal.wordpress.com, derecho penal, derecho procesal penal, delitos, criminología, criminalística, contra la corrupción.
La frase del día
"Más vale maña que fuerza"
13 de marzo de 2020
13-03-2020: reglas policías
Código Orgánico Procesal Penal
Libro Primero
Disposiciones Generales
Título IV
De los sujetos procesales y sus auxiliares
Capítulo IV
De los órganos de policía de investigaciones penales
Reglas para Actuación Policial.
Artículo 119. Las autoridades de policía de investigaciones penales deberán detener a los imputados o imputadas en los casos que este Código ordena, cumpliendo con los siguientes principios de actuación:
1. Hacer uso de la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario y en la proporción que lo requiera la ejecución de la detención.
2. No utilizar armas, excepto cuando haya resistencia que ponga en peligro la vida o la integridad física de personas, dentro de las limitaciones a que se refiere el numeral anterior.
3. No infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes.
4. No presentar a los detenidos o detenidas a ningún medio de comunicación social, cuando ello pueda afectar el desarrollo de la investigación.
5. Identificarse, en el momento de la captura, como agente de la autoridad y cerciorarse de la identidad de la persona o personas contra quienes procedan, no estando facultados para capturar a persona distinta de aquella a que se refiera la correspondiente orden de detención. La identificación de la persona a detener no se exigirá en los casos de flagrancia.
6. Informar al detenido o detenida acerca de sus derechos.
7. Comunicar a los parientes u otras personas relacionadas con el imputado o imputada, el establecimiento en donde se encuentra detenido o detenida.
8. Asentar el lugar, día y hora de la detención en un acta inalterable.
Fuente de la información: Código Orgánico Procesal Penal. Gaceta Oficial No. 6.078, Extraordinario del 15 de junio de 2012.
Palabras claves: espaciopenal, Jorge Leonardo Salazar Rangel, espaciopenal.blogspot.com, espaciopenal.wordpress.com, derecho penal, derecho procesal penal, delitos, criminología, criminalística, contra la corrupción.
La frase del día
"Uno es dueño de lo que calla y esclavo de lo que habla" Sigmund Freud
Libro Primero
Disposiciones Generales
Título IV
De los sujetos procesales y sus auxiliares
Capítulo IV
De los órganos de policía de investigaciones penales
Reglas para Actuación Policial.
Artículo 119. Las autoridades de policía de investigaciones penales deberán detener a los imputados o imputadas en los casos que este Código ordena, cumpliendo con los siguientes principios de actuación:
1. Hacer uso de la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario y en la proporción que lo requiera la ejecución de la detención.
2. No utilizar armas, excepto cuando haya resistencia que ponga en peligro la vida o la integridad física de personas, dentro de las limitaciones a que se refiere el numeral anterior.
3. No infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes.
4. No presentar a los detenidos o detenidas a ningún medio de comunicación social, cuando ello pueda afectar el desarrollo de la investigación.
5. Identificarse, en el momento de la captura, como agente de la autoridad y cerciorarse de la identidad de la persona o personas contra quienes procedan, no estando facultados para capturar a persona distinta de aquella a que se refiera la correspondiente orden de detención. La identificación de la persona a detener no se exigirá en los casos de flagrancia.
6. Informar al detenido o detenida acerca de sus derechos.
7. Comunicar a los parientes u otras personas relacionadas con el imputado o imputada, el establecimiento en donde se encuentra detenido o detenida.
8. Asentar el lugar, día y hora de la detención en un acta inalterable.
Fuente de la información: Código Orgánico Procesal Penal. Gaceta Oficial No. 6.078, Extraordinario del 15 de junio de 2012.
Palabras claves: espaciopenal, Jorge Leonardo Salazar Rangel, espaciopenal.blogspot.com, espaciopenal.wordpress.com, derecho penal, derecho procesal penal, delitos, criminología, criminalística, contra la corrupción.
La frase del día
"Uno es dueño de lo que calla y esclavo de lo que habla" Sigmund Freud
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