DERECHO PENAL - MATERIA SUSTANTIVA
Código Penal venezolano - 363
De los delitos contra la conservación de los intereses públicos y privados
De los delitos contra la salubridad y alimentación pública
Tasa ilícita de montes. El que ilegalmente tale o roce los montes donde existan vertientes que provean de agua las poblaciones, aunque aquéllos pertenezcan a particulares, será penado, salvo disposiciones especiales, con prisión de uno a tres años.
El que ilegalmente interrumpa el servicio de agua a un centro de población, será penado con prisión de dos a cinco años.
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