1 de noviembre de 2013

Amnistía

DERECHO PENAL - MATERIA SUSTANTIVA

Libro Primero

Código Penal venezolano - 104, 105

De la extinción de la acción penal y de la pena

Amnistía e indulto. La amnistía extingue la acción penal y hace cesar la ejecución de la condena y todas las consecuencias penales de la misma. El indulto o gracia que condona la pena la hace cesar con todas sus accesorias. Cuando el indulto se concede conmutando la pena impuesta por otra inferior, se cumplirá ésta con las accesorias correspondientes.

Cumplimiento de la condena. El cumplimiento de la condena extingue la responsabilidad criminal.

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