DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA
Libro Cuarto
Código Orgánico Procesal Penal - 434
De los recursos. Disposiciones generales
Rectificación. Los errores de derecho en la fundamentación de la decisión impugnada que no hayan influido en la parte dispositiva, no la anularán, pero serán corregidos; así como los errores materiales en la denominación o el cómputo de las penas.
Las partes podrán solicitar aclaratoria dentro de los tres días posteriores a la notificación.
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