Blog con fines de investigación de Derecho Penal, Derecho Procesal Penal, y lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela - Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel
20 de enero de 2014
Art. 394
DERECHO PENAL DEL ADULTERIO Adulterio
La mujer adúltera será castigada con prisión de 6 meses a 3 años. La misma pena es aplicable al coautor del adulterio.
FUENTE: Código Penal.
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