29 de septiembre de 2014

Robo Impropio. Arrebatón

ROBO IMPROPIO

Ocurre cuando el individuo en el acto de apoderarse de la cosa mueble de otro, o inmediatamente después, haya hecho uso de violencia o amenazas antedichas, contra la persona robada o contra la presente en el lugar del delito, sea para cometer el hecho, sea para llevarse el objeto sustraído, sea, en fin, para procurarse la impunidad o procurarla a cualquier otra persona que haya participado en el delito.

ARREBATÓN

Es cuando la violencia se dirige únicamente a arrebatar la cosa a la persona.

Fuente.
Artículo 456 Código Penal.

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