21 de noviembre de 2014

Delitos Sexuales

DELITOS SEXUALES

En esta categoría delictiva el bien jurídico protegido no es el sexo sino el pudor público e individual, y al mismo tiempo, la libertad sexual, la cual permite a cada quien escoger cómo y con quién tener, de mutuo consentimiento, el intercurso sexual.

Fuente: SÍNTESIS CRIMINOLÓGICA. Moira E. MARTÍNEZ A. P.242.

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