N° de Expediente: C00-0263
N° de Sentencia: 763
Tema: Aberratio ictus o error en golpe
Materia: Derecho Penal
Asunto: Diferentes tipos de apoderamiento entre Hurto, Robo, Estafa, Apropiación indebida, Extorsión y Secuestro.
Materia: Derecho Penal
Asunto: Diferentes tipos de apoderamiento entre Hurto, Robo, Estafa, Apropiación indebida, Extorsión y Secuestro.
La extorsión y el secuestro son
los únicos delitos contra la propiedad en que el apoderamiento no es simultáneo
a la lesión del derecho: en el hurto, apenas se produce el apoderamiento hay la
lesión consumada contra la propiedad; en el robo, apenas hay el apoderamiento
se ocasiona la lesión consumada; en la estafa, apenas hay el apoderamiento
(merced a la entrega de la cosa por el engañado) se ocasiona la lesión; y en la
apropiación indebida, apenas hay el apoderamiento (a causa de la abusiva
ejecución de actos de dominio e inversión consiguiente del título de la
posesión) existe una lesión consumada al derecho de propiedad. En cambio, en la
extorsión y el secuestro se puede producir la lesión al derecho de propiedad
(cuando las víctimas se despojan de sus bienes y los envían al delincuente) y
luego, después de transcurrido un tiempo, producirse el efectivo apoderamiento
de los objetos por parte del culpable.
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