Tribunal
Supremo de Justicia
N° de
Expediente: C06-0117 N° de Sentencia: 269
Tema:
Delito Continuado
Materia: Derecho Penal
Asunto: No hay delito continuado
Materia: Derecho Penal
Asunto: No hay delito continuado
...que no hay
delito continuado cuando la norma penal protege intereses
individuales de diversas personas como sujetos pasivos del delito,
porque en estos casos, la resolución criminal y la intención del
sujeto activo del delito se agotó en su plenitud con el hecho
cometido contra cada sujeto pasivo de forma separada a cualquier otra
acción que pueda anteceder o seguir en la comisión del delito. Es
decir, no existe la continuidad en referencia a la acción criminal
que se ejecute con otra persona, constituyendo el concurso material
de delitos, previsto en el artículo 88 del Código Penal.
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