15 de julio de 2016

15-07-2016 Procesal Penal (13)

N° de Expediente: C13-69 N° de Sentencia: 108
Tema: Casación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Fundamentación del recurso de casación
Jueves, 04 de Abril de 2013

...no basta sólo alegar la inconformidad con el fallo impugnado, la disposición legal infringida y el motivo de procedencia; sino que es necesario también, explicar de qué modo se impugna la decisión, todo ello a partir de un fundamento claro y preciso, como lo exige el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal.

Es necesario reiterar que al interponerse el recurso extraordinario de casación, quien recurre, además de expresar su descontento con el fallo que le es adverso (elemento subjetivo), está en el deber de exponer las razones de Derecho (elemento objetivo) que demuestren que el fallo que se recurre presenta un vicio cuya relevancia amerita su nulidad, por lo que el vicio denunciado debe ser también propio de la sentencia impugnada, esto es; el que la decisión dictada por la corte de apelaciones sea contraria a los intereses de quien recurre no constituye en sí mismo un motivo de casación.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!