1 de abril de 2017

1/4/2017 Nuevas Pruebas

La frase del día:
"Es mejor estar solo que mal acompañado"

Artículo 326 Código Orgánico Procesal Penal. Prueba Complementaria. Las partes podrán promover nuevas pruebas, acerca de las cuales hayan tenido conocimiento con posterioridad a la audiencia preliminar.

Artículo 342 Código Orgánico Procesal Penal. Nuevas Pruebas. Excepcionalmente, el tribunal podrá ordenar, de oficio o a petición de parte, la recepción de cualquier prueba, si en el curso de la audiencia surgen hechos o circunstancias nuevas, que requieren su esclarecimiento. El tribunal cuidará de no reemplazar por este medio la actuación propia de las partes.

La frase del día:
"Es mejor estar solo que mal acompañado"

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