“No creas todo lo que te digan; y cree la mitad
de lo que veas”
TIEMPO DE PRESCRIPCIÓN
DE LOS DELITOS
Hurto
electrónico: prescripción en cinco años;
cuatro años el término medio.
Art. 13 de la Ley Especial Contra los Delitos Informáticos.
Pena corporal: 2 a 6 años de prisión.
Incendio:
prescripción en cinco años; cuatro
años y seis meses el término.
Art. 343
Código Penal.
Pena
corporal: 3 a
6 años de presidio.
Lesiones
culposas graves: prescripción en tres
años; seis meses y quince días el término medio.
Art. 420
numeral 2 Código Penal en concordancia con el artículo 415 ejusdem.
Pena corporal: 1 a 12 meses de prisión.
Apropiación indebida calificada: prescripción en tres años; tres años el término medio
medio.
Art. 468 Código Penal.
Pena corporal: 1 a 5 años de prisión.
Robo impropio en la modalidad de arrebatón: prescripción
en cinco años; cuatro años el
término medio.
Art. 456 Código Penal único aparte.
Pena corporal: 2 a 6 años de prisión.
Robo genérico: prescripción en diez años; 9 años el término medio.
Art. 455 Código Penal.
Penal corporal: prisión de 6 a doce años.
La frase del día:
“No creas todo lo que te digan; y cree la mitad
de lo que veas”
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