Obediencia debida: cumplimiento de una orden antijurídica, pero vinculante.
Objeto de la acción: objeto material sobre el que recae directamente la acción típica.
Omisión: no realización de una acción que se puede y se debe realizar.
Bibliografía: Teoría general del delito; segunda edición. Francisco Muñoz Conde. Editorial TEMIS S. A. Bogotá - Colombia 2008. p. 185.
La frase del día
"El fondo del pozo te enseña cosas que la cima de la montaña nunca te habría enseñado"
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