VENGATIVO.-
Persona que odia a alguien en particular y recibe satisfacción a inflingir el
castigo respectivo.
RESENTIDO.- Odia
el sistema social en el cual ha nacido y vive; denigra de los valores que lo
rodean y cuestiona la existencia misma del ser humano.
PSICOPATÍA Y SOCIOPATÍA.- Se caracterizan por un individuo que no ha recibido jamás
amor, por lo tanto, no es capaz de amar. Es un individuo que le importa
solamente su persona y tiene una actitud muy egocentrista, capaz de hacer todo
lo necesario para obtener sólo lo que le interesa sin escatimar ningún esfuerzo
y sin ningún escrúpulo para ello. Generalmente son muy inteligentes, manejan
mucho las emociones, le sirven de conocimiento (...) Con frecuencia observamos
que hay en ellos una gran actitud de manipulación y en donde no hay freno ni
moral ni ningún otro elemento que limite su conducta. También son sumamente
explosivos y generalmente no aprenden de la experiencia. Es decir, que a pesar
de haber sido sancionados son incapaces de aprender y son personas que
volverían a reincidir o a repetir la conducta a pesar de que ello le va a
llevar otra vez a sufrir una penalidad.
BIBLIOGRAFÍA.- Al Filo del Delito. SANTIAGO GUTIÉRREZ. P.57.
Blog para investigar las ciencias penales y criminológicas, así como lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar la Constitución Nacional de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel en fecha 20-01-2013
20 de septiembre de 2014
Criminalística XI
CRIMINALÍSTICA
INDICIOS BIOLÓGICOS Y HUELLAS QUE PRODUCE EL CUERPO HUMANO
Es innegable que existen indicios biológicos, huellas que se producen y regiones corporales que intervienen en la comisión de hechos o conductas presuntamente delictuosas, amén de los agentes vulnerantes utilizados. Pueden registrarse en el escenario, sobre el piso, muebles, objetos, prendas y otras estructuras o superficies, así como en vehículos, regiones corporales y ropas de sujetos activos y pasivos con motivo de las conductas y comportamientos de los protagonistas de un hecho.
Es preciso aprovechar lo que ofrece la técnica genética del ADN para identificar el origen y procedencia de los indicios biológicos, sin renunciar, claro está, ante la obviedad del asunto, a otros procedimientos científicos y técnicas forenses que proporcionan la química, la física y la biología para el estudio y análisis de las evidencias problema y testigo relacionadas con un hecho o conducta presuntamente delictuosa.
BIBLIOGRAFÍA: Montiel, Criminalística I, 2012, P.117.
INDICIOS BIOLÓGICOS Y HUELLAS QUE PRODUCE EL CUERPO HUMANO
Es innegable que existen indicios biológicos, huellas que se producen y regiones corporales que intervienen en la comisión de hechos o conductas presuntamente delictuosas, amén de los agentes vulnerantes utilizados. Pueden registrarse en el escenario, sobre el piso, muebles, objetos, prendas y otras estructuras o superficies, así como en vehículos, regiones corporales y ropas de sujetos activos y pasivos con motivo de las conductas y comportamientos de los protagonistas de un hecho.
Es preciso aprovechar lo que ofrece la técnica genética del ADN para identificar el origen y procedencia de los indicios biológicos, sin renunciar, claro está, ante la obviedad del asunto, a otros procedimientos científicos y técnicas forenses que proporcionan la química, la física y la biología para el estudio y análisis de las evidencias problema y testigo relacionadas con un hecho o conducta presuntamente delictuosa.
BIBLIOGRAFÍA: Montiel, Criminalística I, 2012, P.117.
19 de septiembre de 2014
EM Ley Violencia IV
Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a
una vida libre de violencia
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
La violencia en contra de la mujer constituye un grave problema de salud pública y de violación sistemática de sus derechos humanos, que muestra en forma dramática los efectos de la discriminación y subordinación de la mujer por razones de sexo en la sociedad.
(...)
Fuente: Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
La violencia en contra de la mujer constituye un grave problema de salud pública y de violación sistemática de sus derechos humanos, que muestra en forma dramática los efectos de la discriminación y subordinación de la mujer por razones de sexo en la sociedad.
(...)
Fuente: Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
18 de septiembre de 2014
Criminalística X
CRIMINALÍSTICA
Objetivo Formal de la Criminalística
El objetivo formal o fin de la criminalística es auxiliar, con los resultados de la aplicación científica de sus conocimientos, metodología y tecnología, a los órganos que procuran y administran justicia con el objeto de proporcionarles elementos probatorios identificadores y reconstructores y conozcan la verdad técnica e histórica de los hechos que se investigan.
BIBLIOGRAFÍA: Montiel, Criminalística I, 2012, P.43.
Objetivo Formal de la Criminalística
El objetivo formal o fin de la criminalística es auxiliar, con los resultados de la aplicación científica de sus conocimientos, metodología y tecnología, a los órganos que procuran y administran justicia con el objeto de proporcionarles elementos probatorios identificadores y reconstructores y conozcan la verdad técnica e histórica de los hechos que se investigan.
BIBLIOGRAFÍA: Montiel, Criminalística I, 2012, P.43.
17 de septiembre de 2014
Diferencia II
DERECHO PROCESAL PENAL
Diferencia entre Orden de Aprehensión y Orden de Captura
La orden de aprehensión es potestad exclusiva del Ministerio Público, y la misma solicita una vez que haya suficientes elementos de convicción, previa investigación, lo que trae como consecuencia la realización de la respectiva audiencia para oír al imputado en conjunto con la medida judicial preventiva privativa de libertad.
La orden de captura se emite cuando se le revocan las medidas cautelares sustitutivas de libertad al imputado por alguna de las causales previstas en la ley adjetiva penal.
Diferencia entre Orden de Aprehensión y Orden de Captura
La orden de aprehensión es potestad exclusiva del Ministerio Público, y la misma solicita una vez que haya suficientes elementos de convicción, previa investigación, lo que trae como consecuencia la realización de la respectiva audiencia para oír al imputado en conjunto con la medida judicial preventiva privativa de libertad.
La orden de captura se emite cuando se le revocan las medidas cautelares sustitutivas de libertad al imputado por alguna de las causales previstas en la ley adjetiva penal.
Diferencia
DERECHO PROCESAL PENAL
La libertad sin restricciones opera cuando no hay suficientes elementos de convicción para hacer la precalificación jurídica al momento de presentar al imputado ante el respectivo Tribunal de Control, esto, sin perjuicio de hacer la respectiva imputación una vez que haya suficientes elementos recabados en la fase preparatoria.
La libertad plena se solicita porque no hay absolutamente nada que involucre la responsabilidad de la persona detenida, lo que trae como consecuencia el sobreseimiento de la causa.
La libertad sin restricciones opera cuando no hay suficientes elementos de convicción para hacer la precalificación jurídica al momento de presentar al imputado ante el respectivo Tribunal de Control, esto, sin perjuicio de hacer la respectiva imputación una vez que haya suficientes elementos recabados en la fase preparatoria.
La libertad plena se solicita porque no hay absolutamente nada que involucre la responsabilidad de la persona detenida, lo que trae como consecuencia el sobreseimiento de la causa.
Criminalística IX
CRIMINALÍSTICA
Manchas de Pintura
Se localizan sobre todo en hechos de tránsito terrestre, en colisiones entre dos o más vehículos, en atropellamientos, en proyecciones de vehículos sobre objetos o estructuras fijas y en volcaduras. Se observarán en las áreas de contacto en forma de embarramiento, así como pequeñas costras localizadas sobre el piso en la zona del accidente. Su búsqueda se debe efectuar con la vista y con ayuda de lupas o lentes de aumento, y ya entregadas en el laboratorio se analizan y comparan entre las muestras problema y testigo, o con otros patrones establecidos, para conocer si las muestras problemas recogidas en el sitio del hecho corresponden a las del o los vehículos sospechosos.
BIBLIOGRAFÍA: Montiel, Criminalística I, 2012, P.111.
Manchas de Pintura
Se localizan sobre todo en hechos de tránsito terrestre, en colisiones entre dos o más vehículos, en atropellamientos, en proyecciones de vehículos sobre objetos o estructuras fijas y en volcaduras. Se observarán en las áreas de contacto en forma de embarramiento, así como pequeñas costras localizadas sobre el piso en la zona del accidente. Su búsqueda se debe efectuar con la vista y con ayuda de lupas o lentes de aumento, y ya entregadas en el laboratorio se analizan y comparan entre las muestras problema y testigo, o con otros patrones establecidos, para conocer si las muestras problemas recogidas en el sitio del hecho corresponden a las del o los vehículos sospechosos.
BIBLIOGRAFÍA: Montiel, Criminalística I, 2012, P.111.
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