25 de mayo de 2017

25/5/2017 Militar [4]

La frase del día:
Es el miedo que hizo que los peces salieran del agua y desarrollaran pulmones, el miedo que nos enseña a correr, el miedo que hace que enterremos a nuestros muertos.John Green / Ciudades de Papel (2008)

N° de Expediente: C00-0001 N° de Sentencia: 755
Tema: Militar
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Recurso que Procede contra Sentencia de Corte Marcial en Única Instancia
Jueves, 01 de junio de 2000

En tal sentido considera la Sala, que si bien no precisa la norma cual es el recurso que procede contra el fallo dictado por la Corte Marcial, ha de entenderse que es el de casación, más no el de apelación, pues el ejercicio de este último medio de impugnación conllevaría a un doble examen del mérito que es indudablemente improcedente, en el presente caso, si tenemos en consideración que la disposición es categórica al expresar que la Corte Marcial conocerá en única instancia.

La frase del día:
Es el miedo que hizo que los peces salieran del agua y desarrollaran pulmones, el miedo que nos enseña a correr, el miedo que hace que enterremos a nuestros muertos.John Green / Ciudades de Papel (2008)

24 de mayo de 2017

24/5/2017 Militar [3]

La frase del día:
La gente no debería tener miedo de su gobierno. Los gobiernos deberían tener miedo de su gente.Alan Moore / V for Vendetta (1989)

N° de Expediente: C07-0109 N° de Sentencia: 321
Tema: Militar
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Corte de Apelaciones. Motivación de la sentencia
Martes, 19 de junio de 2007

...la motivación que deben cumplir las Cortes de Apelaciones (Corte Marcial, en funciones de Corte de Apelaciones) no debe limitarse en tan sólo señalar su conformidad con el fallo emitido por el Juzgado de Juicio, pues ello no es suficiente para demostrar la culpabilidad o no del imputado.

De igual forma, el artículo 364 numeral 4°, del Código Orgánico Procesal Penal, obliga a los jueces a exponer en forma concisa los fundamentos de hecho y de derecho, es decir, deben expresar con claridad las razones o motivos que sirven de sustento a la decisión judicial, las cuales no pueden ser obviadas en ningún caso por el sentenciador, por cuanto constituyen para las partes garantía de que se ha decidido con sujeción a la verdad procesal.

La frase del día:
La gente no debería tener miedo de su gobierno. Los gobiernos deberían tener miedo de su gente.Alan Moore / V for Vendetta (1989)

23 de mayo de 2017

23/5/2017 Militar [2]

La frase del día:
Nunca se miente tanto como antes de las elecciones, durante la guerra y después de la cacería. Otto Von Bismarck

N° de Expediente: C07-0170 N° de Sentencia: 429
Tema: Militar
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Inicio del proceso penal militar. El auto de inicio de investigación penal militar, emitido por el fiscal militar
Viernes, 27 de Julio de 2007

el requisito primario e ineludible en la legalidad del inicio de una investigación, en los delitos de acción pública ... es la orden emanada del representante del Ministerio Público para que se proceda a dar inicio a ésta

... el auto de inicio de investigación penal militar, emitido por el fiscal militar en el ámbito de su competencia, es el requisito de ley exigido para la licitud del inicio del proceso penal militar y no la orden previa de apertura de investigación penal militar, que es un requisito formal no esencial del ámbito militar.

La frase del día:
Nunca se miente tanto como antes de las elecciones, durante la guerra y después de la cacería. Otto Von Bismarck

19 de mayo de 2017

19/5/2017 Militar

La frase del día:
Cuando el río suena es porque piedras trae

N° de Expediente: A10-151 N° de Sentencia: 390
Tema: Militar
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Disposición a Jurisdicción Ordinaria
Jueves, 19 de agosto de 2010

... el propósito de dicha norma, no es otro que elevar al conocimiento del titular del Despacho de la Defensa, la circunstancia especial que uno de los miembros de la Fuerza Armada Nacional, tiene una investigación penal ante la jurisdicción ordinaria, por lo que, una vez estando en cuenta de dicha circunstancia, le informa a los tribunales ordinarios, que pone a disposición de la misma, al referido militar para que se continúe con el proceso llevado en su contra, ello en beneficio de la administración de justicia.

Una vez realizada la solicitud al Ministro de la Defensa, corresponderá conforme a la norma establecida en el artículo 135 del Código Orgánico de Justicia Militar, verificar que no exista una investigación penal militar por los mismos hechos, supuesto en el cual, existe la obligación ineludible de ordenar que el militar solicitado sea puesto a la disposición del tribunal ordinario que lo requiere.

Así mismo, con la solicitud ante el Ministro de la Defensa, ese Despacho podrá dar cualquier información relacionada con el requerido, tal como su ubicación geográfica producto de su actividad militar.

La frase del día:
Cuando el río suena es porque piedras trae

18 de mayo de 2017

18/5/2017 Terrorismo

La frase del día:
Ten cuidado con el hombre de un solo libroSanto Tomás de Aquino

Ley Orgánica contra la delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo. Artículo 52. Terrorismo.
El o la terrorista individual o quienes asociados mediante una organización terrorista, realice o trate de realizar uno o varios actos terroristas, será penado o penada con prisión de veinticinco a treinta años.

La frase del día:
Ten cuidado con el hombre de un solo libroSanto Tomás de Aquino

17 de mayo de 2017

17/5/2017 Preventivas [6]

La frase del día:
No dejes que tus victorias se suban a la cabeza o que tus fracasos vayan a tu corazón.

N° de Expediente: CC0811-00 N° de Sentencia: 1045
Tema: Medidas Preventivas
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Proceso Preventivo
Martes, 25 de julio de 2000

El proceso preventivo es esencialmente un juicio ejecutivo en cuanto sólo se refiera a la aprehensión de bienes, por cuanto, mal podría servir de fundamento al juez penal para librar aquellas medidas por cuanto se trata de materia netamente civil.

La frase del día:
No dejes que tus victorias se suban a la cabeza o que tus fracasos vayan a tu corazón.

17/5/2017 Espionaje

La frase del día:
No dejes que tus victorias se suban a la cabeza o que tus fracasos vayan a tu corazón.


La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de su presidente, magistrado Maikel Moreno, declaró ha lugar la solicitud de radicación propuesta por la fiscal general militar, capitán de navío Siria Venero de Guerrero, de conformidad con lo previsto en el artículo 64, numeral 1, del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), por lo que se ordenó radicar un proceso penal por presunto espionaje ante un Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal Militar, con sede en Caracas.

Se trata de la causa penal llevada por la Fiscalía Militar Cuadragésima Sexta del estado Bolívar, contra los ciudadanos de nacionalidad venezolana: Luis Enrique Gámez Zamora, Aníbal José Salazar Cabezas, José Rafael Valdez Cevallos y Jesús Salvador González, y los de nacionalidad colombiana Ignacio Ovidio Murillo Bedoya, Manuel Rogelio Mosquera Córdova, Gustavo Javier Manjares Pérez, Jaider Antonio Cachila Ramírez, Wiston Pérez Roa, Carlos Enrique Urrutia Mosquera, Carlos Andrés Quinto Aspirella, Deivid Montes Ramírez y Wilson Hernández Villada, por la presunta comisión del delito de espionaje, tipificado en los artículo 471 (numeral 1) y 472 del Código Orgánico de Justicia Militar.

Según acta policial suscrita por funcionarios adscritos a la Dirección General de Contrainteligencia Militar, Región de Contrainteligencia Militar Guayana, el 20 de mayo de 2016 se recibió información que indicaba la presencia de un grupo de personas de nacionalidad colombiana presuntamente vinculados al paramilitarismo, quienes pretendían trasladarse hasta la población de Tumeremo, municipio Sifontes (Edo. Bolívar), para realizar labores de inteligencia, mediante la infiltración en el área, obtener información referente a la presencia de la FANB en dicha localidad, en cuanto a personal, armamento, zonas de control, y operaciones militares, así como efectuar reconocimiento del área, con el fin de posicionarse y tomar control de las zonas mineras, pero luego de las coordinaciones respectivas fueron detenidos en flagrancia.

Indica la sentencia N° 156/2017 de la Sala de Casación Penal del TSJ, que la solicitud de radicación presentada se enmarca en los supuestos de excepcionalidad que exige la norma adjetiva penal para la procedencia de la misma, fundamentándose en delitos graves cuya perpetración ha causado alarma, sensación o escándalo público en la colectividad, capaz de afectar el normal desenvolvimiento del proceso penal, comprometiendo los derechos y garantías de los cuales están revestidos los imputados. Verificándose el supuesto previsto en el numeral 1 del artículo 64  del COPP, lo cual justifica subrogar la competencia territorial, en un tribunal de diferente extensión territorial.

En vista de lo anterior, se ordenó la remisión de las actuaciones al Circuito Judicial Penal Militar, con sede en Caracas, así como la remisión de copia certificada de la presente decisión a la Fiscalía Militar Cuadragésima Sexta de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar.

V
DECISIÓN

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara  HA LUGAR, la pretensión de radicación propuesta por la ciudadana Fiscal General Militar, Capitán de Navío SIRIA VENERO DE GUERRERO, de conformidad con lo previsto en el artículo 64, numeral 1, del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se radica la causa a un Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal Militar con sede en el Área Metropolitana de Caracas, ordenándose a la Fiscalía Militar Cuadragésima Sexta de la Circunscripción Judicial con sede en Ciudad Bolívar, la remisión de las actuaciones.

La frase del día:
No dejes que tus victorias se suban a la cabeza o que tus fracasos vayan a tu corazón.