23 de septiembre de 2018

Justicia comunitaria

Justicia comunitaria.

Establece el artículo 258 constitucional, que la ley organizará la justicia de paz en las comunidades, en consecuencia, los jueces de paz serán elegidos por votación universal, directa y secreta, conforme a la ley. Existe la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 39.913, de fecha 02 de mayo de 2012, cuyo objeto es establecer las normas de organización y funcionamiento de la jurisdicción especial de la Justicia de Paz Comunal, como ámbito del Poder Popular e integrante del sistema de justicia, para el logro o preservación de la armonía en las relaciones familiares, en la convivencia vecinal y comunitaria, así como resolver los asuntos derivados del ejercicio del derecho a la participación ciudadana, relacionado con las actuaciones de las instancias y organizaciones del Poder Popular. Es importante destacar que de conformidad con el artículo 2 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, la justicia de paz comunal comprende el ámbito de la justicia de paz, que promueve el arbitraje, la conciliación y la mediación para el logro o preservación de la armonía en las relaciones familiares, la convivencia vecinal y comunitaria; y el ámbito de las situaciones derivadas directamente del derecho a la participación ciudadana con relación a las instancias y organizaciones del Poder Popular, así como las generadas como producto del funcionamiento de éstas.

Referencias. Fuente de la información: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del año 1999. Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 39.913, de fecha 02 de mayo de 2012.

La frase del día
Los supervivientes siempre tienen las mejores historias que contar

La palabra del día
Pícnic: Excursión que se hace para comer o merendar sentados en el campo.
Comida campestre.

22 de septiembre de 2018

Evita ser víctima

Tips para evitar ser víctima

1.- Evita hablar con personas desconocidas.

2.- No transites por lugares solitarios.

3.- Evita tomar la misma ruta de ida y de regreso a los lugares donde comúnmente te diriges.

4.- En las redes sociales, evita poner imágenes que reflejen tu situación económica.

5.- Procura evitar el uso de objetos de elevado valor económico.

6.- En tu celular, evita guardar los números de tus contactos anotando el parentesco que guardes con ellos. Anota solamente sus nombres.

7.- No hables con nadie de tu situación económica.

8.- Evita traer contigo cantidades importantes de dinero, tarjetas de crédito o débito en un solo sitio.

9.- En los perfiles de tus redes sociales, nunca publiques información personal.

10.- Limita el acceso a tu información solo a las personas más cercanas a ti.

11.- Desconfía de anuncios o personas que ofrecen trabajos muy atractivos, sobre todo, si se encuentran fuera de tu lugar de residencia, más aun, si te piden que tomes fotografías con poca ropa.

12.- No vayas solo a entrevistas de trabajo.

13.- Aléjate de personas que te aborden en la calle para conocerte, seducirte, ilusionarte, amenazarte, chantajearte, intimidarte, o con la promesa de regalarte cosas que te gustan. Platícalo con una persona de tu confianza.

14.- Nunca hables con personas desconocidas en Internet, y mucho menos, actives tu webcam con ellas.

15.- Nunca compartas fotografías con poca ropa o en situaciones íntimas con nadie.

16.- Nunca compartas información que sirva para identificarte o localizarte.

17.- Observa discretamente alrededor para comprobar que nadie te siga al bajar el camión o salir del metro, principalmente por la noche.

18.- No recibas objetos que no estés esperando. Sé cauteloso con las personas que venden a domicilio.

La frase del día
Arrójame a los lobos y volveré liderando la manada

La palabra del día
Misoginia: Aversión a las mujeres.

21 de septiembre de 2018

Alternativos

Mecanismos alternativos de solución de conflictos.  

Los mecanismos alternativos a de solución de conflictos son aquellos que brindan la posibilidad de solucionar conflictos sin acudir al órgano jurisdiccional, es decir, sin la intervención de un juez, ya que la finalidad de estos mecanismos es la resolución de conflictos de manera amistosa entre las partes. El diálogo es la pieza fundamental para esto.

Referencia electrónica. Fuente de la información:

La frase del día
La oscuridad y el silencio son mis aliados. La noche me ampara El Búho

La palabra del día
Constrictor: Que produce constricción.

20 de septiembre de 2018

Conciliación

Conciliación: judicial, extrajudicial, en materia penal. 

De conformidad con el artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, tenemos que: La ley promoverá el arbitraje, la conciliación, la mediación y cualesquiera otros medios alternativos para la solución de conflictos.

El artículo 6 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 39.913, de fecha 02 de mayo de 2012, expresa que la conciliación es un medio alternativo de resolución de conflictos, en el cual las partes involucradas plantean sus puntos de vistas para lograr la solución del conflicto. En la conciliación el Juez o Jueza de paz comunal canaliza el diálogo entre las partes.

La conciliación judicial es la que se da dentro del proceso, en este caso, dentro del proceso penal. Es importante destacar que, en materia penal, las medidas alternativas a la prosecución del proceso son las que tienen como norte la conciliación judicial. Existen tres medidas alternativas a la prosecución del proceso, que son: el principio de oportunidad, los acuerdos reparatorios y la suspensión condicional del proceso. En los acuerdos reparatorios es que se puede hablar de una especie de conciliación entre la víctima y el victimario, siempre y cuando se cumplan los requisitos que establece el artículo 41 del Código Orgánico Procesal Penal, que son: cuando el hecho punible recaiga exclusivamente sobre bienes jurídicos disponibles de carácter patrimonial; y cuando se trate de delitos culposos contra las personas. Tanto la víctima como el victimario deben prestar su consentimiento en forma libre y con pleno conocimiento de sus derechos.

La conciliación extrajudicial es aquella que tiene lugar antes de dar inicio al proceso penal, es decir, se concilia fuera del proceso, lo que trae como consecuencia la extinción del conflicto entre las partes involucradas.

Referencias. Fuente de la información: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del año 1999. Código Orgánico Procesal Penal publicado en la Gaceta Oficial No. 6.078 Extraordinario, de fecha 15 junio 2012. Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 39.913, de fecha 02 de mayo de 2012.

Mediación. Mediación y prevención. De conformidad con el artículo 6 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 39.913, de fecha 02 de mayo de 2012, la mediación es un proceso a través del cual el Juez o Jueza de paz comunal procura reconciliar y facilitar el diálogo entre las partes en conflicto, a los fines de llegar a una solución mutuamente aceptable. En la mediación el Juez o Jueza de paz comunal debe ayudar a la identificación de los puntos de controversia y exponer los distintos escenarios para un acuerdo consensuado. Por otra parte, al hablar de “prevención”, esto se refiere a tomar las medidas adecuadas para evitar futuros conflictos que pueden ventilarse en un eventual proceso penal.

Referencias. Fuente de la información: Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 39.913, de fecha 02 de mayo de 2012.

Efectos: infractor; víctima y sociedad. Al hablar de “infractor”, “víctima” y “sociedad”, estamos hablando, inevitablemente, de víctima primaria, víctima secundaria y víctima terciaria, porque los efectos que se producen en la víctima por ser sujeto pasivo del delito, la abarca no solamente a ella, sino a todo su entorno. Asimismo, se produce un efecto de revictimización cuando ella, la víctima, tiene que enfrentarse al sistema de justicia penal, así como cuando debe acudir a los órganos auxiliares de justicia, tales como: los organismos policiales. En cuanto al infractor, es decir, el sujeto activo del delito, él también es víctima de su conducta delictiva, ya que tiene que vivir los efectos producidos en los sitios de reclusión. Por ejemplo, uno de estos efectos es el hacinamiento. Por otra parte, cuando el victimario cumple su condena y obtiene posteriormente su libertad, tiene que sufrir los efectos que produce la estigmatización por parte de la sociedad.

Referencia electrónica. Fuente de la información:
                                                  
La frase del día
La basura de un hombre es el tesoro de otro hombre

La palabra del día
Proclive: Que está inclinado hacia adelante o hacia abajo.
Inclinado o propenso a algo, frecuentemente a lo malo.

19 de septiembre de 2018

Frases reflexivas

FRASES REFLEXIVAS

En cuanto alguien comprende que obedecer leyes injustas es contrario a su dignidad de hombre, ninguna tiranía puede dominarle Mohandas Karamchand Gandhi / Mahatma Gandhi

La pobreza no es natural, es creada por el hombre y puede superarse y erradicarse mediante acciones de los seres humanos. Y erradicar la pobreza no es un acto de caridad, es un acto de justicia Nelson Mandela

La violencia no es solo matar a otro. Hay violencia cuando usamos una palabra denigrante, cuando hacemos gestos para despreciar a otra persona, cuando obedecemos porque hay miedo. La violencia es mucho más sutil, mucho más profunda” Jiddu Krishnamurti

Sólo después que el último árbol sea cortado, sólo después que el último río haya sido envenenado, sólo después que el último pez haya sido atrapado, sólo entonces nos daremos cuenta que no nos podemos comer el dinero Indios Cree

Cuando el mundo está en paz, un hombre de bien mantiene su espada al alcance de la mano Sun Tzu. El Arte de la Guerra. p. 123

[…] El valiente sabe batirse; el prudente, defenderse; el sabio, asesorar. Sun Tzu. El Arte de la Guerra. p. 83

El Derecho no puede con la fuerza, puede es con la razón Anónimo

El abogado es el único ser humano capaz de preguntar lo que ya sabe Anónimo


La frase del día
cuando el cambio se impone, la gente se opone ¿Quién se ha llevado mi queso? p. 90 / Spencer Johnson

La palabra del día
Traficar: Comerciar, negociar con el dinero y las mercancías.
Hacer negocios no lícitos.

18 de septiembre de 2018

Restaurativa

Justicia restaurativa. El bien común es uno de los fines de la retribución.

Principales programas de atención a la víctima. Actualmente, el Ministerio Público venezolano tiene la Unidad de Atención a la Víctima (UAV), que es una dependencia adscrita al Despacho del Fiscal Superior de cada estado.

El servicio que presta es totalmente gratuito. Orienta a las víctimas de delitos y, además, les asesora, apoya, informa y educa sobre sus derechos, con el fin de garantizar su correcta y oportuna intervención en el proceso penal.

La Unidad de Atención a la Víctima (UAV) brinda atención personalizada a las víctimas sin que sea necesaria la asistencia de un abogado.

Los ciudadanos que hayan sido víctima de un delito pueden acudir a la unidad de su localidad, donde recibirán información, apoyo y asesoría.

A través del área psicosocial, la Unidad de Atención a la Víctima interviene cuando se presentan situaciones de crisis para las víctimas de delitos, a fin de prestar el apoyo necesario para la solución de las mismas. Se trata de dotar de fortaleza a las víctimas durante el proceso penal.

Los tribunales del Circuito Judicial con competencia en delitos de violencia contra la mujer tienen un Equipo Interdisciplinario cuya principal función es brindarle atención psicológica a la mujer víctima de violencia.

Referencia electrónica. Fuente de la información:

La frase del día
En la medida que das, puedes exigir

La palabra del día
Tedio: Aburrimiento extremo o estado de ánimo del que soporta algo o a alguien que no le interesa.
Fuerte rechazo o desagrado que se siente por algo.
Gran pesar.

17 de septiembre de 2018

Judeocristiana

Otra definición del término “víctima”.

Una acepción del término “víctima” está asociada a la tradición judeocristiana, referida a aquello o a quien se ofrece en sacrificio, implicando la sangre y la muerte en una dimensión sacra.

Otra acepción de “víctima” remite a la persona que se expone a grave riesgo por otra; que padece daño o muere por culpa ajena.

El Derecho contemporáneo precisa la noción de víctima, amplía su definición, introduciendo como principal novedad la exclusión de su carácter sacro.

Referencia electrónica. Fuente de la información:

La frase del día
Ausencia eres y olvido serás

La palabra del día
Carroña: Podrido, corrompido.
Carne corrompida.
Persona, idea o cosa ruin y despreciable.