Justicia comunitaria.
Establece el artículo 258
constitucional, que la ley organizará la justicia de paz en las comunidades, en
consecuencia, los jueces de paz serán elegidos por votación universal, directa
y secreta, conforme a la ley. Existe la Ley Orgánica de la Jurisdicción
Especial de la Justicia de Paz Comunal, publicada en la Gaceta Oficial de
la República Bolivariana de Venezuela No. 39.913, de fecha 02 de mayo de 2012,
cuyo objeto es establecer
las normas de organización y funcionamiento de la jurisdicción especial de la
Justicia de Paz Comunal, como ámbito del Poder Popular e integrante del sistema
de justicia, para el logro o preservación de la armonía en las relaciones
familiares, en la convivencia vecinal y comunitaria, así como resolver los
asuntos derivados del ejercicio del derecho a la participación ciudadana,
relacionado con las actuaciones de las instancias y organizaciones del Poder
Popular. Es importante destacar que de conformidad con el artículo 2 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción
Especial de la Justicia de Paz Comunal, la justicia de paz comunal
comprende el ámbito de la justicia de paz, que promueve el arbitraje, la
conciliación y la mediación para el logro o preservación de la armonía en las
relaciones familiares, la convivencia vecinal y comunitaria; y el ámbito de las
situaciones derivadas directamente del derecho a la participación ciudadana con
relación a las instancias y organizaciones del Poder Popular, así como las
generadas como producto del funcionamiento de éstas.
Referencias. Fuente de
la información: Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela del año 1999. Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de
la Justicia de Paz Comunal, publicada en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela No. 39.913, de fecha 02 de mayo de 2012.
La frase del día
“Los supervivientes
siempre tienen las mejores historias que contar”
La palabra del día
Pícnic: Excursión que se hace para comer o
merendar sentados en el campo.
Comida
campestre.
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