13 de agosto de 2020

13-08-2020: técnico

Contrabando técnico: consiste en el ingreso o exportación de mercancías, por las vías y lugares autorizados por la autoridad aduanera, pero con documentos fraudulentos que falsamente declaran su procedencia, cantidad, peso y demás características, con la finalidad de alterar la obligación frente a la autoridad aduanera, y así evadir el monto real de impuestos, o sobrefacturar los costos, y así obtener indebidamente un beneficio o utilidad mayor a la debida.

Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 129.

La frase del día
"Recuerda que no todo el mundo te ayudará a empujar el carro, pero cuando prenda todos van a querer montarse"

12 de agosto de 2020

12-08-2020: regímenes

Ley sobre el delito de contrabando

Capítulo II
Del contrabando, sus modalidades, faltas e infracciones administrativas

Sección primera: del delito de contrabando y sus modalidades

Artículo 12. Regímenes aduaneros especiales. Quien introduzca al territorio aduanero mercancías procedentes de zonas francas, zonas libres, zonas fronterizas, puertos libres, depósitos aduaneros, almacenes libres de impuesto y otros regímenes aduaneros especiales previstos en las leyes y demás Convenios, Tratados o Acuerdos Internacionales, sin haber cumplido los controles aduaneros respectivos, será sancionado o sancionada con prisión de cuatro a seis años.

Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.

La frase del día
"Ser útil es mejor que ser importante"

11 de agosto de 2020

11-08-2020: circunstancias

Circunstancias: las circunstancias se definen como las situaciones que rodean la realización del hecho delictivo o suponen especiales condiciones del autor del delito. Las circunstancias determinan, en ocasiones, la proporción de la pena aplicable al delito, a cuyos efectos, se requiere la comprobación de todos sus elementos, a saber: de modo, tiempo y lugar.

Bibliografía: PREVENCIÓN Y CONTROL de Legitimación de Capitales y del Financiamiento al Terrorismo. 3era. Edición. Editores hermanos Vadell. Alejandro Rebolledo. p. 45.

La frase del día
"Son los momentos de lucha los que nos definen"

10 de agosto de 2020

10-08-2020: trasbordo

Ley sobre el delito de contrabando

Capítulo II
Del contrabando, sus modalidades, faltas e infracciones administrativas

Sección primera: del delito de contrabando y sus modalidades

Artículo 17. Trasbordo. Quien trasborde mercancías extranjeras en el territorio nacional y demás espacios geográficos de la República Bolivariana de Venezuela sin estar autorizado por la autoridad aduanera de la jurisdicción respectiva, será sancionado o sancionada con prisión de cinco a siete años.

Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.

La frase del día
"Camino sin piedras no es camino"

9 de agosto de 2020

09-08-2020: desembarque

Ley sobre el delito de contrabando

Capítulo II
Del contrabando, sus modalidades, faltas e infracciones administrativas

Sección primera: del delito de contrabando y sus modalidades

Artículo 16. Transporte o desembarque. Quien por cualquier medio, transporte o desembarque; mercancías extranjeras no destinadas al tráfico o comercio legítimo con la República Bolivariana de Venezuela u otra nación, será sancionado o sancionada con prisión de cinco a siete años.

Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.

La frase del día
"Cualquiera puede regalarte flores, pero no cualquiera puede hacerte florecer"

8 de agosto de 2020

08-08-2020: nacionalizadas

Ley sobre el delito de contrabando

Capítulo II
Del contrabando, sus modalidades, faltas e infracciones administrativas

Sección primera: del delito de contrabando y sus modalidades

Artículo 15. Transporte, depósito o tenencia. Quien transporte, deposite o tenga mercancías nacionales o nacionalizadas en vehículos de cabotaje, sin cumplir con el procedimiento aduanero legalmente establecido, será sancionado con prisión de cinco a siete años.

Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.

La frase del día
"Los consejos no se discuten: se agradecen"

7 de agosto de 2020

07-08-2020: cabotaje

Ley sobre el delito de contrabando

Capítulo II
Del contrabando, sus modalidades, faltas e infracciones administrativas

Sección primera: del delito de contrabando y sus modalidades

Artículo 14. Mercancías extranjeras en vehículos de cabotaje. Quien transporte, deposite o tenga mercancías extranjeras en vehículos de cabotaje no autorizados por la autoridad competente para el tráfico mixto, será sancionado con prisión de cinco a siete años.

Fuente de la información: Ley sobre el delito de contrabando. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010.

La frase del día
"Unos nacen con las puertas abiertas, otros tenemos que tumbarlas"