Blog con fines de investigación de Derecho Penal, Derecho Procesal Penal, y lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel
4 de abril de 2013
Responsabilidad subsidiaria. II
DERECHO PENAL Responsabilidad subsidiaria. II. Esta responsabilidad no tendrá lugar en caso de robo con violencia hecha a las personas, a no ser que dicho robo haya sido ejecutado por los dependientes de la casa.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!