DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA
Código Orgánico Procesal Penal venezolano - 396
Del procedimiento en los delitos de acción dependiente de instancia de parte
Inadmisibilidad. La acusación privada será declarada inadmisible por el Juez de Juicio, cuando el hecho no revista carácter penal o la acción esté evidentemente prescrita o verse sobre hechos punibles de acción pública, o falte un requisito de procedibilidad.
DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA
Código Orgánico Procesal Penal venezolano - 397
Del procedimiento en los delitos de acción dependiente de instancia de parte
Recurso. Contra la decisión que declare la inadmisibilidad de la acusación privada, la víctima podrá ejercer recurso de apelación dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su publicación.
Si la Corte de Apelaciones confirma la decisión, el Juez de Juicio devolverá a la víctima el escrito y las copias acompañadas, incluyendo las decisiones dictadas.
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