8 de octubre de 2013

Inadmisibilidad

DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA

Código Orgánico Procesal Penal venezolano - 396

Del procedimiento en los delitos de acción dependiente de instancia de parte 

Inadmisibilidad. La acusación privada será declarada inadmisible por el Juez de Juicio, cuando el hecho no revista carácter penal o la acción esté evidentemente prescrita o verse sobre hechos punibles de acción pública, o falte un requisito de procedibilidad.

DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA

Código Orgánico Procesal Penal venezolano - 397

Del procedimiento en los delitos de acción dependiente de instancia de parte 

Recurso. Contra la decisión que declare la inadmisibilidad de la acusación privada, la víctima podrá ejercer recurso de apelación dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su publicación.

Si la Corte de Apelaciones confirma la decisión, el Juez de Juicio devolverá a la víctima el escrito y las copias acompañadas, incluyendo las decisiones dictadas.

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