2 de diciembre de 2013

Art. 263

DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA

Libro segundo

Del procedimiento ordinario

Fase preparatoria

Normas generales

Alcance. El Ministerio Público en el curso de la investigación hará constar no sólo los hechos y circunstancias útiles para fundar la inculpación del imputado, sino también aquellos que sirvan para exculparlo. En este último caso, está obligado a facilitar al imputado los datos que lo favorezcan.

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