10 de marzo de 2014

Art. 76

Competencia
El Fiscal del Ministerio Público especializado dirigirá la investigación en casos de hechos punibles y será auxiliado por los cuerpos policiales. De la apertura de la investigación se notificará de inmediato al Tribunal de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas.

Fuente: Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

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