TÉRMINO DE LA DISTANCIA
Ha sido criterio reiterado que el
término de la distancia es el lapso que se concede para permitir el traslado de
personas o de los autos, al tribunal que conoce la causa.
El término de distancia consiste
en el lapso que se establece a los efectos de permitir el desplazamiento de
personas desde un lugar a otro, dentro de un procedimiento judicial, cuando la
sede del tribunal donde se deba efectuar el acto del procedimiento, sea
diferente de aquel donde se encuentra la persona en su cualidad de demandado o
demandante.
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