24 de febrero de 2016

24-02-2016 Riña


N° de Expediente: C10-162 N° de Sentencia: 134
Tema: Riña cuerpo a cuerpo
Materia: Derecho Penal
Asunto: Riña cuerpo a cuerpo

de acuerdo a la jurisprudencia, la riña cuerpo a cuerpo es lucha punible, refriega, pelea entre dos personas, con armas o sin ellas, provocada por uno y aceptada por el otro, sin ventajas o alevosía, en relativa igualdad de circunstancias y en la que, por lo tanto, ambos contendientes corren riesgos y peligros iguales o semejantes cuando menos.

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