Semestre: Segundo-Pregrado
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Bibliografía: Derecho Civil I: Personas. Fondo Editorial USM. Mary Sol
Grateron Garrido.
Tema # 1 La
Minoridad
Caracteres de los Derechos y Garantías
El artículo 12 de la LOPNA
establece la naturaleza de los Derechos
y Garantías de los niños y
adolescentes, señalando sus caracteres.
a) De Orden Público: Las normas jurídicas que garantizan la existencia y la
actuación de estos derechos tienen carácter de Orden Público por tratarse de
prerrogativas indispensables en la vida jurídica.
b) Intransigibles: Esto significa que es inexistente la facultad de
disposición sobre ellos, por eso el titular de los mismos no está en capacidad
de asignarle destino alguno, fuera del de usarlo.
c) Irrenunciables: Si no se puede disponer de un derecho no se puede tampoco
renunciar a ellos, ya que esto se equipara a una forma de disposición.
d) Interdependientes entre sí: Significa que estos derechos están tan íntimamente
vinculados entre sí que dependen los uno de los otros.
e) Indivisibles: La indivisibilidad de los derechos es consecuencia de su
interdependencia, por lo tanto es imposible dividirlos o fraccionarlos y
respetar o reconocer algunos de ellos y otros no.
Ejercicio Progresivo de los Derechos y Garantías
El régimen
del Ejercicio Progresivo de los Derechos
y Garantías, se encuentra establecido en el artículo 13 de la LOPNA:
Artículo 13: “Se reconoce a todos los niños y adolescentes el ejercicio
personal de sus derechos y garantías, de manera progresiva y conforme a su
capacidad evolutiva. De la misma forma, se le exigirá el cumplimiento de sus
deberes”.
Parágrafo Primero: “Los padres, representantes o responsables tienen el deber y
el derecho de orientar a los niños y adolescentes en el ejercicio progresivo de
sus derechos y garantías, así como en el cumplimiento de sus deberes, de forma
que contribuya a su desarrollo integral y a su incorporación a la ciudadanía
activa”.
Parágrafo Segundo: “Los niños y adolescentes en condición de retardo mental
ejercerán sus derechos hasta el límite de sus facultades”.
Estos
derechos siempre deben ser ejercidos bajo la tutela u orientación de un adulto,
responsable de ese ejercicio y al que le corresponderá la defensa del derecho si
este se ve vulnerado (siendo titulares los niños y adolescentes).
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