No hay enemigo pequeño
N°
de Expediente: C00-1127 N°
de Sentencia: 1365
Tema: Circunstancias Atenuantes
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Minoridad de edad. Art. 74 Ord. 1 CP.
Jueves, 26 de Octubre de 2000
cuando
la sentencia reconozca que el procesado tiene una edad comprendida dentro de
las previsiones del ordinal 1º del artículo 74 del Código Penal, vale decir, se
trate de un menor de veintiún años y mayor de dieciocho cuando cometió el
delito, debe tomar en cuenta dicha atenuante en la aplicación de la pena.
N°
de Expediente: C00-0195 N°
de Sentencia: 1094
Tema: Circunstancias Atenuantes
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Circunstancia Atenuante Facultativa. Art.74 4º Código
Penal
Martes, 01 de Agosto de 2000
la
atenuante prevista en el ordinal 4° del citado artículo, se observa, que se
trata de una atenuante facultativa, de la total discreción del juzgador. Por
este motivo, la falta de apreciación de la señalada circunstancia, no es censurable
en casación.
Frase reflexiva:
No hay enemigo pequeño
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