27 de diciembre de 2016

27-12-2016 Deberes

Frase reflexiva:
No confiéis a la gente tareas que no puedan cumplir. Haced una selección y dad a cada cual responsabilidades adecuadas a sus cualidades.El Arte de la Guerra. SUN TZU. pp. 85, 86

CONSTITUCIÓN de la República Bolivariana de Venezuela

Gaceta Oficial No. 36.860, del 30 de diciembre de 1999, reimpresa por “errores materiales” del ente emisor en la Gaceta Oficial No. 5.453 Extraordinario, de fecha 24 de marzo de 2000

Enmienda del 15 de febrero 2009

TÍTULO III
De los derechos humanos y garantías, y de los deberes

Capítulo VII
De los derechos económicos

Artículo 114. ILÍCITO ECONÓMICO Y OTROS DELITOS CONEXOS
El ilícito económico, la especulación, el acaparamiento, la usura, la cartelización y otros delitos conexos, serán penados severamente de acuerdo con la ley.

Capítulo X
De los deberes

Artículo 130. DEBERES DE LOS VENEZOLANOS Y LAS VENEZOLANAS
Los venezolanos y venezolanas tienen el deber de honrar y defender a la patria, sus símbolos y valores culturales; resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la Nación.

Artículo 131. CONSTITUCIÓN COMO NORMA FUNDAMENTAL
Toda persona tiene el deber de cumplir y acatar esta Constitución, las leyes y los demás actos que en ejercicio de sus funciones dicten los órganos del Poder Público.

Artículo 132. RESPONSABILIDADES SOCIALES Y PARTICIPACIÓN
Toda persona tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social.

Artículo 133. TRIBUTOS: PRINCIPIO DE SU GENERALIDAD
Toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley.

Artículo 134. SERVICIO CIVIL O MILITAR
Toda persona, de conformidad con la ley, tiene el deber de prestar los servicios civil o militar necesarios para la defensa, preservación y desarrollo del país, o para hacer frente a situaciones de calamidad pública. Nadie puede ser sometido a reclutamiento forzoso.

Toda persona tiene el deber de prestar servicios en las funciones electorales que se le asignen de conformidad con la ley.

Artículo 135. BIENESTAR SOCIAL GENERAL
Las obligaciones que correspondan al Estado, conforme a esta Constitución y a la ley, en cumplimiento de los fines del bienestar social general, no excluyen las que, en virtud de la solidaridad y responsabilidad social y asistencia humanitaria, correspondan a los o a las particulares según su capacidad. La ley proveerá lo conducente para imponer el cumplimiento de estas obligaciones en los casos en que fuere necesario. Quienes aspiren al ejercicio de cualquier profesión, tienen el deber de prestar servicio a la comunidad durante el tiempo, lugar y condiciones que determine la ley.

Frase reflexiva:
No confiéis a la gente tareas que no puedan cumplir. Haced una selección y dad a cada cual responsabilidades adecuadas a sus cualidades.El Arte de la Guerra. SUN TZU. pp. 85, 86

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