28 de febrero de 2017

28/2/2017 Suspensión

La frase del día:
Cuando tú quieras, yo quiero

SUSPENSIÓN de la prescripción

1.- Durante el plazo del acuerdo para el cumplimiento de la reparación a que se refiere el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, y el período de prueba de que trata el artículo 45, quedará en suspenso la prescripción penal: 48 Código Orgánico Procesal Penal.

2.- La prescripción de la acción civil derivada de un hecho punible se suspenderá hasta que la sentencia penal esté firme: 53 Código Orgánico Procesal Penal.

3.- Si no pudiere promoverse o proseguirse la acción penal sino después de autorización especial o después de resuelta una cuestión prejudicial diferida a otro juicio, quedará en suspenso la prescripción y no volverá a correr hasta el día en que se dé la autorización o se defina la cuestión prejudicial: 109 Código Penal.

La frase del día:
Cuando tú quieras, yo quiero

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