“No sé hacia dónde
vamos, lo que sé es que quiero ir contigo”
IV
DECISIÓN
Por las razones precedentemente
expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia,
administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley,
declara:
1.- Se declara COMPETENTE
para conocer y decidir el presente recurso de nulidad presentado por el
ciudadano ZAIR MUNDARAY, titular de la cédula de identidad n°
V-11.689.798, en su carácter de Director General de Actuación Procesal, contra
del Decreto emanado del ciudadano Presidente de la República Bolivariana de
Venezuela Nro. 2.878 de fecha 23 de mayo de 2017, publicado en la Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 41.156.
2.- Se declara
NULA por ser CONTRARIA A LA CONSTITUCIÓN Y A LA LEY ORGÁNICA DEL
MINISTERIO PÚBLICO, la Resolución
n° 651 de fecha 17 de abril de 2017, publicada en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela n° 41.132 de esa misma fecha, donde la
ciudadana Luisa Ortega Díaz, en su condición de Fiscal General de la República,
designó al ciudadano RAFAEL GONZÁLEZ ARIAS, titular de la cédula de
identidad n° V-4.927.468 como Vicefiscal General de la República (Encargado).
En consecuencia, son NULOS de nulidad
absoluta y no tienen por tanto efectos jurídicos, los actos y actuaciones
realizadas por el prenombrado ciudadano, en las cuales haya fungido como
“Vicefiscal General de la República”.
3.- Esta Sala, por auto separado,
designará de manera temporal al Vicefiscal General de la República.
4.- Se declara INADMISIBLE, la
acción de nulidad propuesta por haber operado la cosa juzgada.
5.- IMPROCEDENTE el alegato de
incompetencia subjetiva de los Magistrados señalados en el libelo y se declara MANIFIESTAMENTE CONTRARIO A LA VERDAD
PROCESAL lo gravemente afirmado por quien representa a la Fiscal General de
la República respecto a los mismos, cuando entre sus funciones constitucionales
está la de garantizar la buena marcha de la administración de justicia, el
debido proceso y la ética pública.
6.-Se ORDENA remitir copia
certificada del presente fallo a la Sala Plena
de este Alto Tribunal y al Consejo Moral Republicano, para que ejerzan las
actuaciones que correspondan, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales
y jurídicas en general, dado los errores graves e inexcusables evidenciados en
este fallo.
7. Se ORDENA publicar el presente fallo en la
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial
y en la página web de este Alto Tribunal.
Publíquese,
notifíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los 27
días del mes de junio de dos mil diecisiete (2017). Años: 207° de la
Independencia y 158° de la Federación.
N° Sentencia: 470 |
N° Expediente: 17-0665 |
Procedimiento: Recurso de Nulidad
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Partes: Luisa Ortega Díaz, Rafael González Arias y Zair Mundaray
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Decisión:
Declara Nula por ser contraria a la
Constitución y a la Ley Orgánica del Ministerio Público la Resolución N° 651
de fecha 17 de abril de 2017, publicada en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela N° 41.132.
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Ponente: Ponencia Conjunta
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La frase del día:
“No sé hacia dónde
vamos, lo que sé es que quiero ir contigo”
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