26 de julio de 2017

26/7/2017 Contra Secuestro y Ext.

La frase del día:
Pan para hoy y hambre para mañana

CUADRO Y ANÁLISIS CRÍTICO DE LOS DELITOS Y PENAS CONTEMPLADOS EN LA LEY CONTRA EL SECUESTRO Y LA EXTORSIÓN PUBLICADA EN GACETA OFICIAL NÚMERO 39.194 DEL 5 DE JUNIO DE 2009

DELITOS
PENAS
ARTÍCULOS
Secuestro
Prisión de veinte a treinta años
Establecido en el artículo 3
Simulación de Secuestro
Prisión de cinco a diez años
Establecido en el artículo 4
Secuestro con fines Políticos, Conmoción o Alarma
Prisión de veinte a treinta años
Establecido en el artículo 5
Secuestro Breve
Prisión de 15 a 20 años
Establecido en el artículo 6
Secuestro en Medios de Transporte
Prisión de 20 a 25 años
Establecido en el artículo 7
Secuestro para Canje de Personas
Prisión de 10 a 15 años
Establecido en el artículo 8
Alistamiento Forzoso
Prisión de 15 a 20 años
Establecido en el artículo 9
Extorsión
Prisión de diez a quince años
Establecido en el artículo 16
Extorsión por Relación Especial
Prisión de ocho a quince años
Establecido en el artículo 17
Cambio Ilícito del Curso de Naves y Aeronaves u otro Medio de Transporte
Prisión de quince a veinte años
Establecido en el artículo 18

Nota: en la Ley contra el secuestro y la extorsión, publicada en la Gaceta Oficial número 39.194, de fecha 5 de junio de 2009, se consagran diez (10) delitos que se castigan con pena corporal.

Análisis crítico de los delitos y penas que se contemplan en la Ley contra el secuestro y la extorsión, publicada en la Gaceta Oficial número 39.194, de fecha 5 de junio de 2009: pocos delitos, pero con una penalidad severa. Los diez delitos consagrados en la Ley contra el secuestro y la extorsión son graves. Una Ley parecida a la Ley Orgánica contra la delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo en cuanto a las penas. Esto, lo aplaudo. El delito de secuestro es un flagelo que afecta gravemente a nuestro país. En este delito, encontramos: 1) Sujeto activo.- Puede ser cualquier persona imputable. Normalmente el delito de secuestro es un delito colectivo. 2) Sujeto pasivo.- Es tanto la persona secuestrada como su familia. Como el delito de secuestro es un delito también contra la estabilidad política, el Estado, la seguridad y la defensa son víctimas cuando con dicho delito se atenta contra el Estado. 3) Elemento material.- La acción recae directamente en la persona de la víctima y en sus familiares. 4) Elemento psíquico.- Es un delito eminentemente doloso. 5) Bien jurídico tutelado.- Es el derecho a la libertad y el derecho de propiedad. Medios de comisión: Los medios de comisión en el secuestro dependen de la materialización del hecho. Algunos medios de comisión constituyen agravantes genéricas o específicas.

¿Las penas impuestas minimizan los delitos? Por supuesto que sí minimizan los delitos, porque difícilmente una persona que cometa un delito establecido en la Ley contra el secuestro y la extorsión saldrá con una medida cautelar sustitutiva de libertad. Legalmente, es imposible.

La frase del día:
Pan para hoy y hambre para mañana

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