26 de julio de 2017

26/7/2017 Delitos Ley Desarme

La frase del día:
Pan para hoy y hambre para mañana

CUADRO Y ANÁLISIS CRÍTICO DE LOS DELITOS Y PENAS CONTEMPLADOS EN LA LEY PARA EL DESARME Y CONTROL DE ARMAS Y MUNICIONES PUBLICADA EN GACETA OFICIAL NÚMERO 40.190 DEL 17 DE JUNIO DE 2013

SANCIONES ADMINISTRATIVAS / DELITOS
SANCIONES / PENAS
ARTÍCULOS
Exhibición Indebida de Arma de Fuego. Art. 99
Multa entre 25 UT y 50 UT
Sanción contemplada en el artículo 99
Porte Indebido de Arma de Fuego
Retención del arma, suspensión del porte por el período de un año y multa entre 25 UT y 50 UT. Revocación del permiso de porte de arma de fuego. 50 UT y 100 UT, sin perjuicio de procedimientos administrativos y disciplinarios
Sanción contemplada en el artículo 100
Traslado, Donación o Transferencia No Autorizada
50 UT y 100 UT, sin perjuicio de procedimientos administrativos o penales
Sanción contemplada en el artículo 101
Omisión de Notificación
50 UT y 100 UT, sin perjuicio de procedimientos administrativos o penales
Sanción contemplada en el artículo 102
Arma de Fuego con Permiso Vencido
50 UT y 100 UT. El arma de fuego será retenida y resguardada por 30 días, en ese lapso de tiempo, el titular del permiso debe renovar el permiso, caso contrario, el arma de fuego será decomisada y destinada a destrucción
Sanción contemplada en el artículo 103
Porte Excesivo de Municiones
100 UT y 200 UT y se hará la retención de las municiones. Se impondrá el doble de la sanción a quien porte el exceso de municiones
Sanción contemplada en el artículo 104
Incumplimiento de Medidas de Seguridad
250 UT y 500 UT, sin perjuicio de procedimientos administrativos y penales
Sanción contemplada en el artículo 105
Tenencia Ilícita de Arma de Fuego y Municiones
500 UT y 1.000 UT, sin menoscabo de las demás sanciones administrativas o penales
Sanción contemplada en el artículo 106
Imprudencia o Descuido sobre las Armas de Fuego
1 a 3 años de prisión
Delito contemplado en el artículo 108
Descarga de Armas de Fuego en Lugares Habitados o Públicos
3 a 5 años de prisión
Delito contemplado en el artículo 109
Falsificación de Permisos de Porte o Tenencia
4 a 6 años de prisión
Delito contemplado en el artículo 110
Posesión Ilícita de Arma de Fuego
4 a 6 años de prisión. 6 a 10 años de prisión
Delito contemplado en el artículo 111
Porte Ilícito de Arma de Fuego
4 a 8 años de prisión. 6 a 10 años de prisión. Incremento en una cuarta parte
Delito contemplado en el artículo 112
Porte de Arma de Fuego en Lugares Prohibidos
4 a 8 años de prisión. Incremento en una cuarta parte
Delito contemplado en el artículo 113
Uso de Facsímil de Arma de Fuego
2 a 4 años de prisión. Incremento en una tercera parte
Delito contemplado en el artículo 114
Uso Indebido de Armas Orgánicas
6 a 8 años de prisión
Delito contemplado en el artículo 115
Modificación de Armas de Fuego
6 a 8 años de prisión
Delito contemplado en el artículo 116
Alteración de Seriales y Otras Marcas
3 a 5 años de prisión. 6 a 8 años de prisión
Delito contemplado en el artículo 117
Recarga de Municiones
6 a 8 años de prisión
Delito contemplado en el artículo 118
Alteración de Municiones
6 a 8 años de prisión. Incremento en una tercera parte
Delito contemplado en el artículo 119
Reactivación de Armas Inutilizadas
4 a 8 años de prisión, sin perjuicio de procedimientos administrativos
Delito contemplado en el artículo 120
Sustracción de Arma de Fuego o Municiones en Resguardo
8 a 10 años de prisión. Incremento en una cuarta parte
Delito contemplado en el artículo 121
Introducción de Arma de Fuego o Municiones en Centros Penitenciarios
8 a 10 años de prisión. Incremento en una cuarta parte
Delito contemplado en el artículo 122
Fabricación Ilícita de Armas de Fuego y Municiones
18 a 25 años de prisión
Delito contemplado en el artículo 123
Tráfico Ilícito de Armas de Fuego
20 a 25 años de prisión
Delito contemplado en el artículo 124

Nota: en la Ley para el desarme y control de armas y municiones publicada en Gaceta Oficial número 40.190 del 17 de junio de 2013, se consagran ocho (8) sanciones administrativas y diecisiete (17) sanciones penales. Las primeras, se castigan con pena no corporal (muta); y, las sanciones penales, se castigan con pena corporal.

Análisis crítico de los delitos y penas que se contemplan en la Ley para el desarme y control de armas y municiones publicada en Gaceta Oficial número 40.190 del 17 de junio de 2013: hay 13 delitos menos graves de 17, es decir, únicamente hay 4 que son delitos graves. Evidentemente en esta Ley debe hacerse una reforma en las penas de los delitos. En estos delitos encontramos como sujeto pasivo al Estado venezolano.

¿Las penas impuestas minimizan los delitos? Las penas impuestas no minimizan los delitos porque son penas muy dóciles, muy irrisorias.

La frase del día:
Pan para hoy y hambre para mañana

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