30 de octubre de 2017

30/10/2017 Pactos

La frase del día:
El tiempo pone a cada uno en su lugar, a cada reina en su trono y a cada payaso en su circo

N° de Expediente: 0787 N° de Sentencia: 00278
Tema: Tratados, Pactos y Convenciones
Materia: Derecho Constitucional
Asunto: La Convención Americana sobre Derechos Humanos otorga su protección a personas físicas naturales y excluye de su ámbito de aplicación a las personas jurídicas o ideales (2)
Martes, 06 de marzo de 2001

Además, la Sala estima necesario señalar que las personas jurídicas sólo son medios o instrumentos técnicos, creados siempre por el Derecho para la realización de fines humanos. Si bien los intereses que ellas representan tienen como destinatarios últimos y necesarios a los seres humanos, el carácter de medios de las personas jurídicas, no basta ni permite se les pueda equiparar a la persona humana, como en forma errónea algunos han pretendido. De allí que resulte imprescindible para el interprete jurídico tener muy en cuenta estas fundamentales pautas axiológicas, al dar solución a cuestiones relativas a derechos y garantías constitucionales,

N° de Expediente: 0787 N° de Sentencia: 00278
Tema: Tratados, Pactos y Convenciones
Materia: Derecho Constitucional
Asunto: La Convención Americana sobre Derechos Humanos otorga su protección a personas físicas naturales y excluye de su ámbito de aplicación a las personas jurídicas o ideales (1)
Martes, 06 de marzo de 2001

la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, como órgano competente en primera instancia para promover la observancia y defensa de los derechos humanos, ha establecido constante e invariablemente jurisprudencia sobre la inadmisibilidad de las peticiones interpuestas por personas jurídicas empresariales, bajo la condición de víctimas directas o donde el agotamiento de los recursos internos fue realizado por éstas y no por las personas naturales que integran la forma societaria. En este sentido, la Comisión ha estimado que el Pacto de San José otorga su protección a personas físicas naturales y excluye de su ámbito de aplicación a las personas jurídicas o ideales, por cuanto éstas son ficciones legales, sin existencia real en el orden material. (Caso Mevopal, S.A contra Argentina / Informe de la Comisión Nº 39 del 11 de marzo de 1.999)

Así también, interpreta la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que la estimación o juicio que antecede se desprende del espíritu de la propia Convención, a partir del verdadero significado que se le atribuye a la frase "persona es todo ser humano" en el texto del Preámbulo de la misma y su artículo 1, numeral 2, supra transcrito, cual es que los derechos esenciales del hombre "tienen como fundamento los atributos de la persona humana". (Caso Bendeck Cohdinsa contra Honduras / Informe de la Comisión Nº 106 del 27 de septiembre de 1.999)

La frase del día:
El tiempo pone a cada uno en su lugar, a cada reina en su trono y a cada payaso en su circo

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