12 de abril de 2024

Actas Policiales [11] [12-04-2024]

La frase del día 
"Las historias son la forma más universal de comunicación humana"

ACTAS POLICIALES

Criterios legales para la redacción del acta policial 

- El acta policial deberá ser fechada con indicación del lugar, año, mes, día y hora que haya sido redactada.

- El acta policial deberá indicar las personas que intervinieron.

- Deberá contener una relación sucinta de los actos realizados.

- El acta deberá ser suscrita por los funcionarios actuantes y demás intervinientes. 

- Si alguien de los que intervienen en la redacción del acta policial no quisiera firmar o no puede, se deja constancia de ello.

- La falta u omisión de la fecha acarreara nulidad sólo cuando no pueda establecerse con certeza, sobre la base de su contenido o por otro documento que sea conexo.

- Artículo 153 Código Orgánico Procesal Penal. 

Fuente de la información 
Protocolo de Actuación: Redacción de Actas Policiales. Taller efectuado en fecha 01-04-2024 por parte del Centro Simón Rodríguez (CSR).

Palabras clave: acta policial, Código Orgánico Procesal Penal, investigación, militares, policiales, funcionario, judiciales, fiscales, nulidad, basamento legal, documentos públicos, documentos privados, instrumentos públicos, documentos públicos administrativos, sujetos procesales, COPP.

La frase del día 
"Las historias son la forma más universal de comunicación humana"

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