MAGISTRADA PONENTE: MICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
Por otra parte, en el Preámbulo de la Convención de Viena de 1961, las partes señalaron, sobre el mal de la narcodependencia:
‘...Considerando que para ser eficaces las medidas contra el uso indebido de estupefacientes se hace necesaria una acción concertada y universal,
Estimando que esa acción universal exige una cooperación internacional orientada por principios idénticos y objetivos comunes...’.
En consecuencia, los delitos relativos al tráfico de estupefacientes los considera la Sala de lesa humanidad.” (Subrayado y Negrillas de la Sala).
Enlace a la Sentencia:
La frase del día
"No todos los héroes llevan capa"
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