Caracas, 4 de febrero de 2025
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El 20 de julio y 8 de agosto de 2022, esta Sala efectuó comunicación telefónica y libró el oficio (...), dirigido al ciudadano (...), en su condición de Juez (...), remitiendo copia certificada de la sentencia, de cuya entrega se dejó constancia en autos (...)
Ahora bien, se advierte que el Juez (...), a pesar de estar en conocimiento de lo decidido por esta Sala mediante sentencia N° 0322 del 13 de julio de 2022 -tal como se evidencia del auto dictado por este Órgano el 20 de julio de 2022-, procedió en franco desconocimiento de la orden impartida por esta Sala, atinente a rendir informe respecto de si se notificó a la víctima del Archivo Fiscal decretado el 10 de junio de 2020, al término de la fase de investigación cuando el Ministerio Público emitió y consignó como acto conclusivo el Archivo Fiscal, en la causa identificada con la nomenclatura (...), razón por lo cual, estamos ante el supuesto de hecho previsto para la aplicación del artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, el cual dispone:
“Artículo 122. Multas por desacato. Las Salas del Tribunal Supremo de Justicia sancionarán con multa equivalente hasta doscientas veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido por el Banco Central de Venezuela, a las personas funcionarias o funcionarios que no acataren sus órdenes o decisiones o no le suministraren oportunamente las informaciones, datos o expedientes que solicitare de ellos, sin perjuicio de las sanciones penales, civiles, administrativas o disciplinarias a que hubiere lugar”.
Enlace a la Sentencia:
La frase del día
"La tentación mata o compromete"
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