3 de mayo de 2026

3-5-2026 § perspectiva de género [3]

Sentencia No. 322 de fecha 24-ABR-2026 dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrado Ponente Doctor MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

La protección de las mujeres, niñas y adolescentes víctimas de violencia no se contrapone a la protección de los derechos del procesado. El proceso penal con perspectiva de género es, precisamente, aquel que garantiza la tutela efectiva de la víctima, evita su revictimización, reconoce las dinámicas particulares de la violencia y respeta irrestrictamente las garantías constitucionales del imputado.

En esta misma línea, la doctrina de Dempsey (2009) en Prosecuting Domestic Violence, Tuerkheimer (2020) en Credibility, y Meier (2019) ha demostrado que los sistemas de justicia que aplican perspectiva de género de manera técnica y equilibrada producen decisiones más justas, más racionales y más respetuosas de la dignidad humana.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"La experiencia no se jubila"

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