3 de mayo de 2026

3-5-2026 § perspectiva de género [5]

Sentencia No. 322 de fecha 24-ABR-2026 dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrado Ponente Doctor MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

En virtud de las consideraciones expuestas, esta Sala estima indispensable reiterar que la perspectiva de género, lejos de constituir una excepción a los principios del derecho penal y procesal penal, representa una evolución epistemológica y metodológica que permite a los órganos jurisdiccionales comprender la violencia contra la mujer desde un enfoque científico, contextual y libre de estereotipos. Su correcta aplicación exige un ejercicio judicial más riguroso, más consciente y más profundamente comprometido con la dignidad humana.

La evidencia acumulada por la psicología del testimonio, la criminología feminista, la neurociencia del trauma y los estudios sociojurídicos —entre ellos los trabajos de Walker (1979), Koss (1985), Cook y Cusack (2010), Ceci y Bruck (1995), Dempsey (2009), Tuerkheimer (2020), Facio (1992), Arroyo (2014) y Di Corleto (2018)— demuestra que la violencia basada en género opera bajo dinámicas complejas que no pueden ser comprendidas ni valoradas adecuadamente mediante criterios tradicionales o esquemas probatorios rígidos. La jurisdicción especializada debe, por tanto, asumir un rol activo en la superación de los sesgos cognitivos y jurídicos que históricamente han limitado la protección efectiva de mujeres, niñas y adolescentes.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"La experiencia no se jubila"

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