MAGISTRADO PONENTE: LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
Es el caso que, de acuerdo a lo establecido en la sentencia de esta Sala N° 1550 del 27 de noviembre de 2012, el lapso otorgado a la víctima, debe ser contado “(...) desde la oportunidad en que el respectivo Juzgado de Control, Audiencia y Medidas notifique a la víctima del incumplimiento por parte de Ministerio Público de la conclusión de la investigación dentro del lapso extraordinario que le fue concedido” (...)
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.
La frase del día
"El pájaro que hoy caza hormigas, mañana las alimenta"
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