EDUCACIÓN Y PREVENCIÓN
El Estado, con la activa participación de la sociedad, debe garantizar programas permanente de educación y prevención sobre la violencia de género.
Fuente: Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
Blog para investigar las ciencias penales y criminológicas, así como lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar la Constitución Nacional de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel en fecha 20-01-2013
20 de enero de 2014
Art. 6
PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD
La sociedad tiene el derecho y el deber de participar de forma protagónica para lograr la vigencia plena y efectiva de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, a través de las organizaciones comunitarias y sociales.
Fuente: Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
La sociedad tiene el derecho y el deber de participar de forma protagónica para lograr la vigencia plena y efectiva de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, a través de las organizaciones comunitarias y sociales.
Fuente: Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
Art. 395
DERECHO PENAL
DEL ADULTERIO
Concubina notoria
El marido que mantenga concubina en la casa conyugal, o también fuera de ella, si el hecho es notorio, será castigado con prisión de 3 a 18 meses. La condena produce de derecho la pérdida del poder marital. La concubina será penada con prisión de 3 meses a 1 año.
FUENTE: Código Penal.
DEL ADULTERIO
Concubina notoria
El marido que mantenga concubina en la casa conyugal, o también fuera de ella, si el hecho es notorio, será castigado con prisión de 3 a 18 meses. La condena produce de derecho la pérdida del poder marital. La concubina será penada con prisión de 3 meses a 1 año.
FUENTE: Código Penal.
Art. 394
DERECHO PENAL
DEL ADULTERIO
Adulterio
La mujer adúltera será castigada con prisión de 6 meses a 3 años. La misma pena es aplicable al coautor del adulterio.
FUENTE: Código Penal.
DEL ADULTERIO
Adulterio
La mujer adúltera será castigada con prisión de 6 meses a 3 años. La misma pena es aplicable al coautor del adulterio.
FUENTE: Código Penal.
19 de enero de 2014
Balística II
LA PRUEBA BALÍSTICA EN EL JUICIO ORAL
La Balística Criminal y la Balística Forense - Mario A. Del Giudice Franco
ORIFICIO DE SALIDA O EL ALOJAMIENTO DEL PROYECTIL
Es el indicador final que se deriva del recorrido del proyectil desde el orificio de entrada. Puede provocar un orificio de salida debido a la penetración originada por gran velocidad generado por el mismo, aunado a que no encontró obstáculos en su desplazamiento (zonas blandas). Puede quedar alojado en la zona del cuerpo, bien sea por su función balística (expansivo, fragmentario, etc.), o porque encontró obstáculos en su recorrido (plano óseo). El orificio de salida no presenta el anillo de limpieza, ni el anillo de contusión, a menos que esta última característica se observe cuando la víctima se encuentre comprimida contra una superficie sólida.
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA. La prueba balística en el juicio oral. La balística criminal y la balística forense. 5ta. Edición, 2013. Vadell Hermanos Editores. pp. 230, 231.
La Balística Criminal y la Balística Forense - Mario A. Del Giudice Franco
ORIFICIO DE SALIDA O EL ALOJAMIENTO DEL PROYECTIL
Es el indicador final que se deriva del recorrido del proyectil desde el orificio de entrada. Puede provocar un orificio de salida debido a la penetración originada por gran velocidad generado por el mismo, aunado a que no encontró obstáculos en su desplazamiento (zonas blandas). Puede quedar alojado en la zona del cuerpo, bien sea por su función balística (expansivo, fragmentario, etc.), o porque encontró obstáculos en su recorrido (plano óseo). El orificio de salida no presenta el anillo de limpieza, ni el anillo de contusión, a menos que esta última característica se observe cuando la víctima se encuentre comprimida contra una superficie sólida.
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA. La prueba balística en el juicio oral. La balística criminal y la balística forense. 5ta. Edición, 2013. Vadell Hermanos Editores. pp. 230, 231.
Drogas II
DROGAS
Crack
El Crack es la cocaína en forma de base. Este tipo de cocaína viene en forma de trozos (piedra) que se pueden calentar y cuyos vapores se pueden inhalar. El término "Crack" se refiere al crujido que se oye cuando se calientan mencionados trozos.
Los efectos producidos cuando la cocaína (Crack) es fumada, se observa pocos segundos después, siendo esta la forma más potente y adictiva.
El Crack es altamente tóxico porque alcanza directamente el cerebro, provocando así patologías respiratorias agudas como "Pulmón de Crack" al contener muchas más impurezas que la cocaína base libre. Es un tipo de droga que presenta mayor compulsividad en el consumo por la rapidez de inicio de su acción y la brevedad en la duración. Un adicto puede pasar varios días fumando Crack en un estado de intoxicación permanente.
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA: Drogas. Jorge Luis Gaviria Linares. PP. 19, 20. Caracas, Febrero 2008.
Crack
El Crack es la cocaína en forma de base. Este tipo de cocaína viene en forma de trozos (piedra) que se pueden calentar y cuyos vapores se pueden inhalar. El término "Crack" se refiere al crujido que se oye cuando se calientan mencionados trozos.
Los efectos producidos cuando la cocaína (Crack) es fumada, se observa pocos segundos después, siendo esta la forma más potente y adictiva.
El Crack es altamente tóxico porque alcanza directamente el cerebro, provocando así patologías respiratorias agudas como "Pulmón de Crack" al contener muchas más impurezas que la cocaína base libre. Es un tipo de droga que presenta mayor compulsividad en el consumo por la rapidez de inicio de su acción y la brevedad en la duración. Un adicto puede pasar varios días fumando Crack en un estado de intoxicación permanente.
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA: Drogas. Jorge Luis Gaviria Linares. PP. 19, 20. Caracas, Febrero 2008.
Art. 382
DERECHO PENAL
DE LOS DELITOS CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES Y EL BUEN ORDEN DE LAS FAMILIAS
DE LA VIOLACIÓN, DE LA SEDUCCIÓN, DE LA PROSTITUCIÓN O CORRUPCIÓN DE MENORES Y DE LOS ULTRAJES AL PUDOR
Ultraje por medio de publicaciones
Todo individuo que haya ultrajado el pudor por medio de escritos, dibujos u otros objetos obscenos, que bajo cualquier forma se hubieren hecho, distribuido o expuesto a la vista del público u ofrecido en venta, será castigado con prisión de 3 a 6 meses. Si el delito se hubiere cometido con un fin de lucro, la prisión será de 6 meses a 1 año.
FUENTE: Código Penal.
DE LOS DELITOS CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES Y EL BUEN ORDEN DE LAS FAMILIAS
DE LA VIOLACIÓN, DE LA SEDUCCIÓN, DE LA PROSTITUCIÓN O CORRUPCIÓN DE MENORES Y DE LOS ULTRAJES AL PUDOR
Ultraje por medio de publicaciones
Todo individuo que haya ultrajado el pudor por medio de escritos, dibujos u otros objetos obscenos, que bajo cualquier forma se hubieren hecho, distribuido o expuesto a la vista del público u ofrecido en venta, será castigado con prisión de 3 a 6 meses. Si el delito se hubiere cometido con un fin de lucro, la prisión será de 6 meses a 1 año.
FUENTE: Código Penal.
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