8 de junio de 2016

08-06-2016 Familia (42)

Frase reflexiva:
Todos los extremos son malos

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho de Familia.
Semestre: Tercero-Pregrado.

Bibliografía: Apuntes de Derecho de Familia y Sucesiones. Decimocuarta edición. Caracas, 2007.  RAÚL SOJO BIANCO.

Tema # 13 Disolución y Liquidación de la Comunidad Conyugal

Liquidación de la Extinta Comunidad Conyugal: Se extingue con la adjudicación de los bienes a cada uno de los cónyuges, realizada por mutuo acuerdo entre ellos.

Procedimiento Judicial Para la Liquidación de la Extinta Comunidad Conyugal

Consiste en que los cónyuges de mutuo acuerdo, acuden a un Tribunal competente (de primera instancia), y declaran como va hacer, la solicitud de la liquidación de sus bienes.

Procedimiento Extra-Judicial Para la Liquidación de la Extinta Comunidad Conyugal

De igual forma tenemos el procedimiento extrajudicial, que es un procedimiento fuera de juicio, amistoso entre los cónyuges. Ellos de mutuo acuerdo, declaran que bienes van hacer para uno y para el otro.

Frase reflexiva:
Todos los extremos son malos

08-06-2016 Familia (41)

Frase reflexiva:
Todos los extremos son malos

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho de Familia.
Semestre: Tercero-Pregrado.

Bibliografía: Apuntes de Derecho de Familia y Sucesiones. Decimocuarta edición. Caracas, 2007.  RAÚL SOJO BIANCO.

Tema # 13 Disolución y Liquidación de la Comunidad Conyugal

Efectos de la Disolución

1. El producto del trabajo, profesión, industria, oficio o arte de c/u de los cónyuges, pertenece en exclusividad a quien lo obtiene, a partir de la fecha de la disolución de la comunidad.

2. Desaparece la comunidad sobre los frutos, rentas e intereses procedentes de los bienes propios, de cada esposo, devengados o producidos desde la fecha de la extinción de comunidad.

3. Cesan los derechos del marido y de la mujer, de administrar los bienes comunes que antes se encontraban confiados en su gestión.

4. Una vez extinguida la comunidad de gananciales, cada cónyuge se hace único propietario de los bienes que adquiera.

5. La situación de comunidad ordinaria que surge entre los esposos o sus herederos al disolverse la comunidad de gananciales, no afecta a 3eros.

Frase reflexiva:
Todos los extremos son malos

08-06-2016 Familia (40)

Frase reflexiva:
Todos los extremos son malos

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho de Familia.
Semestre: Tercero-Pregrado.

Bibliografía: Apuntes de Derecho de Familia y Sucesiones. Decimocuarta edición. Caracas, 2007.  RAÚL SOJO BIANCO.

Tema # 13 Disolución y Liquidación de la Comunidad Conyugal

Disolución de la Comunidad Conyugal: Es la extinción o terminación del régimen matrimonial patrimonial del matrimonio. Si el matrimonio se extingue, se disuelve la comunidad conyugal. En consecuencia surge la comunidad ordinaria.

Causas de la Disolución

1. Disolución del matrimonio: La disolución del matrimonio extingue la comunidad conyugal, es decir, al disolverse el matrimonio se disuelve la comunidad conyugal.

2. Ausencia declarada de uno de los cónyuges: Dicha ausencia debe ser decretada mediante una sentencia definitivamente firme.

3. Quiebra de uno de los esposos: Aquí hay una excepción a la regla.

En consecuencia de la declaración de quiebra, la administración del patrimonio del fallido, pasa a la masa de acreedores, la cual se comportará, como verdadera titular del mismo.

El otro cónyuge no sufre las consecuencias de esa declaración de quiebra.

4. Separación judicial de bienes: Hay 3 tipos de separación de bienes:

a) Los resultantes de una demanda autónoma de separación, basada en la administración irregular o irresponsable llevada a cabo por alguno de los esposos respecto de los bienes comunes.

b) La derivada de una separación de cuerpos con separación conjunta de bienes.

c) La decretada por la autoridad judicial en base al convenio de separación de cuerpos y de bienes formalizado por los cónyuges.

5. Nulidad del matrimonio: La sentencia de nulidad del matrimonio, determina la disolución de la Comunidad de Gananciales entre los aparentes esposos, aunque su texto no lo señale de manera expresa.

Frase reflexiva:
Todos los extremos son malos

7 de junio de 2016

07-06-2016 Procesal Penal (8)

Frase reflexiva:
Tiempo que pasa, verdad que huye

N° de Expediente: A08-100 N° de Sentencia: 447
Tema: Aprehensión en Flagrancia
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Determinación del Procedimiento Abreviado u Ordinario
Domingo, 10 de Agosto de 2008

...Si el juez de control ordena el procedimiento abreviado remitirá las actuaciones al Tribunal de Juicio Unipersonal, el cual convocará el juicio oral y público dentro de los diez a quince días siguientes, en este supuesto, la Fiscalía y la víctima presentarán directamente la acusación en la apertura del debate y se seguirán las reglas del procedimiento ordinario. En cambio, si el juez de control aprecia excepcionalmente la aplicación del procedimiento ordinario, así lo hará constar en el acta de la audiencia.

En todo caso, la determinación de la aplicación de uno u otro procedimiento, obliga tanto al Ministerio Público cuando solicita la aplicación del procedimiento abreviado u ordinario y/o al juez de control cuando lo acuerda, valorar la existencia de la verosimilitud de los hechos y los elementos de convicción que permitan obtener ese nivel de convencimiento para decretar el procedimiento abreviado, además de responder al principio de proporcionalidad, tendentes a criterios de racionalidad y ponderación, sin llevar a esta fase preliminar el rigor que conlleva el enjuiciamiento de los hechos.

Frase reflexiva:
Tiempo que pasa, verdad que huye

07-06-2016 Procesal Penal (7)

Frase reflexiva:
Tiempo que pasa, verdad que huye

N° de Expediente: A08-168 N° de Sentencia: 688
Tema: Aprehensión en Flagrancia
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Competencia para su determinación.
Domingo, 14 de Diciembre de 2008

... el Ministerio Público es el titular de la acción penal (artículo 285.3 de la Constitución) y la determinación de si existe o no flagrancia en cada caso corresponde ser analizado por dicho órgano, el cual, una vez verificado que se encuentran llenos los presupuestos para su procedencia, solicita al Juez de Control que así lo declare...

Frase reflexiva:
Tiempo que pasa, verdad que huye

07-06-2016 Familia (39)

Frase reflexiva:
Tiempo que pasa, verdad que huye

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho de Familia.
Semestre: Tercero-Pregrado.

Bibliografía: Apuntes de Derecho de Familia y Sucesiones. Decimocuarta edición. Caracas, 2007.  RAÚL SOJO BIANCO.

Diferencias Entre la Comunidad Conyugal y la Comunidad Ordinaria

1. En la Comunidad Conyugal a c/u de los esposos le corresponde la mitad de los bienes comunes; mientras que en la Comunidad Ordinaria el derecho de copropiedad puede ser infinito.

2. La Comunidad de Gananciales debe estar integrada por 2 personas que deben ser marido y mujer; en la Comunidad Ordinaria puede haber cualquier número de comuneros, sin ningún vínculo familiar.

3. Los cónyuges (Comunidad Conyugal) no pueden disponer libremente de sus bienes comunes (a menos que se disuelva por la ley); los comuneros ordinarios (Comunidad Ordinaria) sí.

4. Las reglas de administración de la Comunidad de Gananciales son diferentes a la administración de la Comunidad Ordinaria.

5. La Comunidad de Gananciales se disuelve al fallecer uno de los cónyuges; la Comunidad Ordinaria no; pues los derechos del comunero fallecido pasan a su heredero.

6. La Comunidad Ordinaria surge como consecuencia de actos voluntarios de personas que se proponen de obtener beneficios económicos; la Comunidad de Gananciales deriva únicamente de la celebración del matrimonio.

Frase reflexiva:
Tiempo que pasa, verdad que huye

07-06-2016 Familia (38)

Frase reflexiva:
Tiempo que pasa, verdad que huye

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho de Familia.
Semestre: Tercero-Pregrado.

Bibliografía: Apuntes de Derecho de Familia y Sucesiones. Decimocuarta edición. Caracas, 2007.  RAÚL SOJO BIANCO.

Administración de los Bienes Propios

1. Libertad de administración y de disposición por acto oneroso: Cada cónyuge tiene la libre administración y disposición de sus propios bienes.

2. Restricciones en cuanto a actos gratuitos de disposición: Ninguno de los cónyuges puede disponer de sus bienes particulares por acto a título gratuito, ni renunciar a herencias o legados, sin el consentimiento del otro.

3. Administración por uno de los cónyuges de bienes propios del otro: Los actos de administración que uno de los cónyuges ejecute por el otro, son válidos.

Frase reflexiva:
Tiempo que pasa, verdad que huye