9 de febrero de 2017

9/2/2017 Violación

La frase del día:
El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

ANÁLISIS DE LOS DELITOS DE: ABUSO SEXUAL INFANTIL, VIOLACIÓN Y TRÁNSITO

Violación (llamado “violencia sexual” en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia)

Quien mediante el empleo de violencias o amenazas constriña a una mujer a acceder a un contacto sexual no deseado que comprenda penetración por vía vaginal, anal u oral, aun mediante la introducción de objetos de cualquier clase por alguna de estas vías, será sancionado con prisión de diez a quince años.

Si el autor del delito es el cónyuge, concubino, ex cónyuge, ex concubino, persona con quien la víctima mantiene o mantuvo relación de afectividad, aun sin convivencia, la pena se incrementará de un cuarto a un tercio.

El mismo incremento de pena se aplicará en los supuestos que el autor sea el ascendiente, descendiente, pariente colateral, consanguíneo o afín de la víctima.

Si el hecho se ejecuta en perjuicio de una niña o adolescente, la pena será de quince a veinte años de prisión.

Si la víctima resultaré ser una niña o adolescente, hija de la mujer con quien el autor mantiene una relación en condición de cónyuge, concubino, ex cónyuge, ex concubino, persona con quien mantiene o mantuvo relación de afectividad, aún sin convivencia, la pena se incrementará de un cuarto a un tercio.

Análisis jurídico del artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia

La acción en el delito de violación es penetrar a la mujer por vía vaginal, anal u oral; el sujeto pasivo es el titular del interés jurídico que se lesiona, es decir, la mujer; el sujeto activo es quien realiza la acción, el hombre, es indiferente; el objeto material del delito es la mujer; los bienes jurídicos tutelados son: la libertad sexual, la integridad física, psíquica, psicológica, moral de la mujer; la consecuencia jurídica de la acción es una pena de prisión de 10 a 15 años; en la norma hay circunstancias modificativas de la responsabilidad penal.

Nota: Cuando un hombre viola a otro hombre, el delito que se imputará es la violación del artículo 374 del Código Penal; lo mismo opera cuando una mujer viola a otra mujer.

“Artículo 374. Código Penal. Quien por medio de violencias o amenazas haya constreñido a alguna persona, de uno o de otro sexo, a un acto carnal por vía vaginal, anal u oral, o introducción de objetos por alguna de las dos primeras vías, o por vía oral se le introduzca un objeto que simulen objetos sexuales, el responsable será castigado, como imputado de violación, con la pena de prisión de diez años a quince años. Si el delito de violación aquí previsto se ha cometido contra una niña, niño o adolescente, la pena será de quince años a veinte años de prisión.

La misma pena se le aplicará, aun sin haber violencias o amenazas, al individuo que tenga un acto carnal con persona de uno u otro sexo:

1. Cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad o situación, y, en todo caso, cuando sea menor de trece años.

2. O que no haya cumplido dieciséis años, siempre que para la ejecución del delito, el responsable se haya prevalido de una relación de superioridad o parentesco, por ser ascendiente, descendiente o hermano, por naturaleza o adopción, o afines con la víctima.

3. O que hallándose detenida o detenido, condenada o condenado, haya sido confiado o confiada la custodia del culpable.

4. O que no estuviere en capacidad de resistir por causa de enfermedad física o mental; por otro motivo independiente de la voluntad del culpable o por consecuencia del empleo de medios fraudulentos o sustancias narcóticas o excitantes de que éste se haya valido.

Parágrafo único: Quienes resulten implicados en cualquiera de los supuestos expresados, no tendrán derecho a gozar de los beneficios procesales de ley, ni a la aplicación de medidas alternativas del cumplimiento de la pena.

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El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

9/2/2017 Desaparición [9]

La frase del día:
El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS

ARTICULO XIX
Los Estados podrán formular reservas a la presente Convención en el momento de aprobarla, firmarla, ratificarla o adherirse a ella, siempre que no sean incompatibles con el objeto y propósito de la Convención y versen sobre una o más disposiciones específicas.

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El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

9/2/2017 P. Penal II [32]

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El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

Guía de Derecho Procesal Penal II

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

Trabajo de Investigación

La implementación de mecanismos extrajudiciales para la resolución de conflictos en Venezuela ha sido propuesta como una de las alternativas más prometedoras para reformar y mejorar nuestros sistemas de tutela jurídica.

La experiencia en nuestro país, desde la entrada en vigencia de las Alternativas para la prosecución del proceso, permitió descongestionar en gran proporción los Tribunales de Justicia, permitiéndose con ello que los funcionarios judiciales hayan volcado sus esfuerzos en casos que se amerita la tutela judicial como mediadora de conflictos por tratarse de delitos que no encuadraban en los supuestos de procedencia de los acuerdos y por ser de carácter enjuiciable, que por su entidad le es correspondida una privativa de libertad, al no haber más alternativas.

Se considera que la cárcel debería ser él último lugar para destinar a la persona que ha infringido una norma penal, la cual debe obedecer a incursión en delincuencia de mayor gravedad, esto permitiría combatir la sobrepoblación penitenciaria. El empleo de las normas penales debe racionalizarse en el sentido de considerar formas de castigo alternativo a la reclusión, en el cual se imponga el desarrollo de actividades que mantengan ocupado al infractor y le hagan reconocer en sí mismo las destrezas que posee y la posibilidad de canalizarlas en obras justas propias de empleos remunerados que le permitirían su adaptación-aceptación social y principalmente de su grupo familiar constituyéndose en un ejemplo a seguir. 

La prisión indirectamente fabrica delincuentes al hacer caer en la miseria al detenido y a su grupo familiar.

El minimalismo a través de las fórmulas alternativas de resolución de conflictos, en boga, tiene por fin la reducción de la violencia punitiva estatal para asegurar la protección del más débil contra él más fuerte, ello permitiría que tanto el ofendido por el delito como el agresor no se vean desprotegidos. La idea central sería restringir la pena privativa de libertad por medio de medidas alternativas de la prisión, con apoyo de la comunidad. Se trata de que la privación de libertad sea la ultima ratio, considerando que las condiciones en los diferentes centros de reclusión lejos de rehabilitar corrompen.

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El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

9/2/2017 P. Penal II [31]

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El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

Guía de Derecho Procesal Penal II

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

Trabajo de Investigación

EFECTOS
ART. 45 COPP

Finalizado el plazo o régimen de prueba, el juez convocará a una audiencia, notificando de la realización de la misma al Ministerio Público, al imputado y a la víctima, y, luego de verificado el total y cabal cumplimiento de todas las obligaciones impuestas, decretará el sobreseimiento de la causa.

REVOCATORIA
ART. 46 COPP

Si el acusado incumple en forma injustificada alguna de las condiciones que se le impusieron, o de la investigación que continúe realizando el Ministerio Público, surgen nuevos elementos de convicción que relacionen al acusado con otro u otros delitos, el juez oirá al Ministerio Público y al acusado. Notificada la víctima debidamente para la realización de la audiencia, su no comparecencia no suspende el acto.

El juez decidirá mediante auto razonado acerca de las siguientes posibilidades:

1.- La revocación de la medida de suspensión del proceso, y, en consecuencia, la reanudación del mismo, procediendo a dictar la sentencia condenatoria, fundamentada en la admisión de los hechos efectuada por el acusado al momento de solicitar la medida;

2.- En lugar de la revocación, el juez puede, por una sola vez, ampliar el plazo de prueba por un año más, previo informe del delegado de prueba y oída la opinión favorable del Ministerio Público y de la víctima.

3.- Si el acusado es procesado por la comisión de un nuevo hecho punible, el juez, una vez admitida la acusación por el nuevo hecho, revocará la suspensión condicional del proceso y resolverá lo pertinente.

4.- En caso de revocatoria de la suspensión condicional del proceso, los pagos y prestaciones efectuados no serán restituidos.

DISPOSICIÓN COMÚN
SUSPENSIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN
ART. 47 COPP

Durante el plazo del acuerdo para el cumplimiento de la reparación a que se refiere el artículo 41 y el período de prueba de que trata el artículo 44, quedará en suspenso la prescripción de la acción penal.

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El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

9/2/2017 Materias [9]

La frase del día:
El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

Universidad Santa María, núcleo Oriente
Facultad: Derecho
Materias de Pregrado

NOVENO SEMESTRE (9°)

Prácticas Forenses
Procesal Civil III
Procesal Penal III
Mercantil II
Derecho Laboral II
Tributario I

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9/2/2017 P. Penal II [30]

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Guía de Derecho Procesal Penal II

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

Trabajo de Investigación

PROCEDIMIENTO
ART. 43 Código Orgánico Procesal Penal

A los efectos del otorgamiento o no de la medida, el juez oirá al fiscal, al imputado y a la víctima, haya participado o no en el proceso, y resolverá, en la misma audiencia, o a más tardar, dentro de los tres días siguientes, salvo que el imputado estuviere privado de su libertad, en cuyo caso la decisión será dictada en un plazo no mayor de veinticuatro horas.

La resolución fijará las condiciones bajo las cuales se suspende el proceso, y aprobará, negará o modificará la oferta de reparación presentada por el imputado, conforme a criterios de razonabilidad.

En caso de existir oposición de la víctima y del Ministerio Público, el juez deberá negar la petición. Esta decisión no tendrá apelación y se ordenará la apertura del juicio oral y público.

La suspensión del proceso podrá solicitarse, en cualquier momento, luego de admitida la acusación presentada por el Ministerio Público y hasta antes de acordarse la apertura del juicio oral y público, o, en caso de procedimiento abreviado, una vez presentada la acusación y antes de la apertura del debate.

CONDICIONES
ART. 44 COPP

El juez fijará el plazo del régimen de prueba, que no podrá ser inferior a un año ni superior a dos, y determinará las condiciones que deberá cumplir el imputado, entre las siguientes:

1.- Residir en un lugar determinado;

2.- Prohibición de visitar determinados lugares o personas;

3.- Abstenerse de consumir drogas o sustancias estupefacientes o psicotrópicas y de abusar de las bebidas alcohólicas;

4.- Participar en programas especiales de tratamiento, con el fin de abstenerse de consumir sustancias estupefacientes o psicotrópicas o bebidas alcohólicas;

5.- Comenzar o finalizar la escolaridad básica si no la tiene cumplida, aprender una profesión u oficio o seguir cursos de capacitación en el lugar o la institución que determine el juez;

6.- Prestar servicios o labores a favor del Estado o instituciones de beneficio público;

7.- Someterse a tratamiento médico o psicológico;

8.- Permanecer en un trabajo o empleo, o adoptar, en el plazo que el tribunal determine, un oficio, arte o profesión, si no tiene medios propios de subsistencia;

9.- No poseer o portar armas;

10.- No conducir vehículos, si éste hubiere sido el medio de comisión del delito.

A proposición del Ministerio Público, de la víctima o del imputado, el juez podrá acordar otras condiciones de conducta similares, cuando estime que resulten convenientes.

En todo caso, el imputado deberá cumplir con la oferta de reparación acordada por el juez, y someterse a la vigilancia que determine éste.

El régimen de prueba estará sujeto a control y vigilancia por parte del delegado de prueba que designe el juez, y en ningún caso, el plazo fijado podrá exceder del término medio de la pena aplicable.

La frase del día:
El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

9/2/2017 Procesal Penal [9]

La frase del día:
El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles

N° de Expediente: 02-1375 N° de Sentencia: 2365
Tema: Las Partes
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Efectos extensivos de los recursos interpuestos a favor de uno de los imputados en relación a los otros
Miércoles, 09 de octubre de 2002

la Sala quiere destacar que efectivamente cuando en un mismo proceso se encuentren varios imputados, el recurso o los recursos que interponga uno de ellos debe extenderse a los otros en lo que les sea beneficioso, siempre y cuando los imputados se encuentren en la misma situación; vale decir, que cuando la referida disposición legal señala ´... que se encuentren en la misma situación...´, ésta debe entenderse como una situación de hecho y no procesal

La frase del día:
El hombre solitario es una bestia o un dios.Aristóteles